A la hora de firmar un contrato de alquiler, tanto a arrendadores como inquilinos deben prestar atención a las cláusulas. El aumento de los precios en el mercado inmobiliario español ha disparado las consultas legales sobre cláusulas que permiten al propietario recuperar el inmueble.
En este contexto, Alberto Sánchez, abogado detrás de la cuenta de TikTok @legalmente.rrss, advierte que, de no incluir una cláusula de recuperación por uso personal o familiar, podría no recuperar el inmueble hasta el fin del contrato de arrendamiento.
La importancia de la cláusula expresa
Desde marzo de 2019, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite a los propietarios que sean persona física recuperar la vivienda para ellos, un familiar directo o cónyuge con sentencia firme, tras el primer año del contrato.
Esta facultad solo se activa si queda expresamente pactada en el contrato. Como subraya Alberto Sánchez: "El propietario no podrá usar este derecho y lo habrá perdido" si no lo ha especificado con claridad. Por lo tanto, firmar sin esta cláusula puede dejar desamparado al casero ante una necesidad real.
Además, la prórroga legal de cinco años permanece intacta cuando la recuperación no está mencionada, fortaleciéndose la posición del inquilino y limitando el poder del propietario.
Esto se debe, según indica el abogado, a que "gran parte de la Ley de Arrendamientos Urbanos es obligatoria y prevalece sobre el contrato".
Cómo debe redactarse la cláusula en el contrato de alquiler
Para que sea válida, dicha cláusula debe indicar claramente que el contrato puede extinguirse por la necesidad de vivienda habitual del arrendador o familia, tras el primer año y dentro del periodo de prórroga.
También debe incluir el plazo mínimo de dos meses de preaviso, notificado preferiblemente mediante burofax.
Pero no basta con redactar el preaviso. El propietario debe probar que la necesidad es real y sobrevenida a posteriori (por ejemplo, una separación o traslado laboral) para evitar acusaciones de capricho o abuso.
Si un contrato anterior al 1 de marzo de 2019 no incluye la cláusula, tampoco permite ejercer este derecho. La jurisprudencia exige que la recuperación esté "de manera expresa".
Qué pasa si el propietario no ocupa la vivienda
Si después del desalojo el propietario o familiar no entra en la vivienda en un plazo de tres meses, el inquilino puede:
Volver a ocupar la vivienda durante hasta cinco años manteniendo condiciones contractuales.
Reclamar una indemnización equivalente a una mensualidad por cada año restante hasta completar los cinco.
Esta medida supone una protección extra al arrendatario y refuerza la importancia de la cláusula inicial, que debe pactar las condiciones legales de forma clara y cumplir los plazos estipulados.
Solo cumpliendo las condiciones del contrato se podrá ejercer el derecho de recuperación que la legislación contempla. En todo caso, la prevención jurídica y la claridad en los contratos se convierten en herramientas fundamentales para evitar litigios y proteger los intereses de ambas partes.