En esta noticia

¿Salen a la cancha los “dólares del colchón”? Desde que el Congreso aprobó la Ley de Inocencia Fiscal, promulgada en el Boletín Oficial a comienzos de enero, especialistas y contribuyentes se mantienen expectantes y a la espera de cuáles serán los pasos a seguir.

El Gobierno aún debe publicar el decreto reglamentario de la ley, un aspecto fundamental a la hora de brindar seguridad jurídica a los contribuyentes. Según pudo saber El Cronista, la administración del presidente Javier Milei podría hacerlo oficial a la brevedad.

“Estamos corriendo con eso”, aseguran. A la par, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Banco Central (BCRA) tendrán que publicar sus respectivas resoluciones. Todo ello es clave para tener en claro cuáles son las condiciones y los requisitos.

Para César Litvin, CEO de Liski, Litvin & Abelovich, la publicación del decreto es sumamente relevante porque permitirá “cerrar el círculo de algunas inquietudes más operativas y reglamentarias” y, con ello, terminar “de dar de seguridad jurídica a aquellos que entran en el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG)”, al cual pueden acceder personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, con ingresos anuales de hasta $ 1.000 millones y un patrimonio (bienes, ahorros y propiedades) que no supere los $ 10.000 millones.

Otro aspecto fundamental que señaló Litvin es la adecuación de los requisitos de compliance que tienen las instituciones financieras; un conjunto de políticas que se implementan en pos de asegurar el cumplimiento legal, prevenir fraudes y el lavado de dinero, entre otras cuestiones.

También entran en juego las normas de la Unidad de Información Financiera (UIF), que obligan a las instituciones a monitorear transacciones y emitir Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) ante cualquier inconsistencia en el origen de los fondos.

En este caso, la mayor inquietud la tendrán, probablemente, quienes pretendan depositar sus dólares y no tengan una cuenta bancaria. “Supongo que habrá algún tipo de hoja de ruta para las instituciones financieras”, prevé el abogado tributarista, a la espera de que se conozcan los detalles finales.

El Gobierno acelera la publicación del decreto reglamentario de la Ley de Inocencia Fiscal
El Gobierno acelera la publicación del decreto reglamentario de la Ley de Inocencia FiscalPresidencia

A esto se suma que las provincias deberían modificar su poder de fiscalización y persecución, es decir, actualizar sus códigos fiscales y establecer normativas semejantes al régimen simplificado de Ganancias para que no haya desigualdades entre los contribuyentes.

El lunes pasado, y en medio de la polémica por la renuncia del extitular del INDEC, Marco Lavagna, el ministro de Economía, Luis Caputo, aseguró en una entrevista radial que el decreto reglamentario se conocerá pronto.

El Ejecutivo trazó un objetivo primordial: impulsar el crecimiento de la economía. El Fondo Monetario Internacional (FMI) define a la “remonetización” como el aumento de la demanda de dinero en una economía, aunque para considerarla como tal debe ser genuina, ya sea a través de inversiones que efectúen las empresas o mediante la “revitalización” del consumo (adquisición de automóviles o viviendas, entre otras cosas).

Distintos funcionarios -incluso el propio Presidente- fueron contundentes en reiteradas ocasiones: la clave del plan es que los “dólares del colchón” contribuyan a remonetizar la economía.

Caputo estimó que hay u$s 170.000 millones debajo de los colchones, equivalente a casi tres veces el nivel de depósitos en el sector privado (u$s 67.000 millones).

Milei también se refirió a la Ley de Inocencia Fiscal en una entrevista que concedió a Bloomberg, en medio de su visita al Foro Económico Mundial en Davos, Suiza. Precisamente, el mandatario dijo que espera que la iniciativa ayude a "potenciar y dar crecimiento al mercado de capitales doméstico”, un aspecto que, según remarcó, permitirá a Argentina reducir su exposición en el mercado internacional de deuda.

Dólares del colchón: una por una, cuáles son las claves de la Ley de Inocencia Fiscal

Régimen Penal Tributario

La normativa introdujo una serie de cambios en el régimen penal tributario: aumento de los umbrales mínimos, la modificación en los límites para la formulación de la denuncia penal y la extinción de la acción por pago.

Tal es así que se ajustaron los valores mínimos a partir de los cuales una conducta podría ser considerada un “delito tributario”:

  • Evasión simple: el umbral pasó de $ 1,5 millones a $ 100 millones.
  • Evasión agravada: el umbral pasó de $ 15 millones a $ 1.000 millones.
  • Facturas apócrifas: el umbral pasó de $ 1,5 millones a $ 100 millones.

Los montos se actualizarán anualmente, a partir del 1º de enero de 2027, “considerando la variación anual de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), operada entre los meses de enero a diciembre del año calendario inmediato anterior al del ajuste”.

Asimismo, la ley detalle que el contribuyente podrá evitar la denuncia penal (efecto liberatorio de pago) si acepta en forma total e incondicional la deuda tributaria y, dentro de los 30 días de notificada la denuncia penal, procede a cancelar el monto total con un recargo del 50% del monto total adeudado.

Por lo tanto, no se formulará denuncia penal cuando “el importe correspondiente a las obligaciones evadidas, aprovechadas o percibidas indebidamente y sus intereses fueren cancelados en forma incondicional y total con anterioridad a la formulación de la denuncia”.

Multas automáticas y prescripción

El Congreso también aprobó cambios respecto de los procedimientos administrativos y los plazos de prescripción tributaria previstos en la Ley 11.683.

Por un lado, se propone reducir el plazo general de prescripción para los contribuyentes que presenten en término sus declaraciones juradas y no registren discrepancias sustanciales con la información del fisco:

  • Multas: se actualizan los montos (por ejemplo, de $ 200 a $ 220.000 y de $ 400 a $ 440.000).
  • Prescripcióncinco años para contribuyentes inscriptos (general), tres años para contribuyentes inscriptos -si la declaración es presentada en término y sin discrepancias significativas- (reducida) y diez años para no inscriptos.

El endurecimiento de las multas automáticas es uno de los ejes que más preocupa a los abogados tributaristas y contadores. El ministro Caputo prometió medidas, reconociendo que los valores resultaban desproporcionados y excesivos.

ARCA va a merituar la cantidad de días de demora en la presentación, para aplicar una multa menor, según el caso, y de este modo poder distinguir los incumplimientos frecuentes, de aquellos ocasionales, y no aplicar automáticamente una medida inflexible”, publicó el fisco en su página web.

Abogados y contadores piden que se reduzcan las multas por falta de presentación de declaraciones juradas
Abogados y contadores piden que se reduzcan las multas por falta de presentación de declaraciones juradas

De todas maneras, los especialistas resaltan que esos valores ya entraron en vigencia y, por lo tanto, solo una nueva modificación del Congreso podrá devolverle la tranquilidad a las pymes, las unidades que, por su estructura, podrían ser las más afectadas.Recientemente, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) presentó ante el Ministerio de Economía un esquema de reducción porcentual de los importes de las multas.

Régimen Simplificado de Ganancias

El régimen simplificado de Ganancias beneficiará a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, con ingresos de hasta $ 1.000 millones y patrimonio total inferior a $ 10.000 millones.

El contribuyente podrá aceptar el efecto liberatorio total del impuesto y la presunción de exactitud, salvo que haya discrepancias graves o documentación apócrifa.

En ese caso, el fisco tendrá la facultad de impugnar la declaración jurada, siempre que detecte "una discrepancia significativa entre la información declarada y la información disponible en sus sistemas o proporcionada por terceros".

Hasta el momento, hay 23.248 personas que ingresaron al régimen simplificado de Ganancias, según confirmaron fuentes oficiales a este medio.