En Colombia los bancos tienen un protocolo claro cuando muere el titular de una cuenta: se bloquea preventivamente el acceso y los familiares o herederos deben pedir la entrega del saldo con documentos que acrediten el fallecimiento y el vínculo.Si el valor es bajo y cumple con el tope legal, la entidad puede pagarlo sin abrir sucesión; si lo supera, se exige trámite sucesoral ante notaría o juez.
Para evitar demoras, se recomienda iniciar el proceso ni bien se cuente con el registro de defunción y reunir pruebas simples de vínculo y, cuando aplique, declaración juramentada sobre la ausencia de administrador de la herencia. También es útil revisar si existen otros productos (CDT, depósitos electrónicos) a nombre del fallecido.
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¿Qué deben presentar los familiares?
Los bancos suelen pedir: registro civil de defunción, documento que acredite el vínculo (matrimonio, nacimiento) y cédula de quien reclama. En muchos casos solicitan una declaración juramentada sobre herederos y ausencia de administrador de la herencia, además de diligenciar el formulario interno de pago de saldos.
Cuando el saldo está por debajo del tope legal vigente, la entidad puede pagar directamente al cónyuge, compañero(a) permanente o herederos. Si el valor lo supera, se tramita la sucesión (notarial o judicial) para distribuir los recursos conforme a la ley.
CDT, depósitos electrónicos y cheques de gerencia
Los CDT y otros depósitos del fallecido siguen el mismo criterio: el banco verifica tope y beneficiarios. Puede emitir cheque de gerencia a nombre de los herederos reconocidos o consignar en cuenta autorizada. Los intereses se liquidan hasta la fecha de pago según el producto.
Si hay negativa o demoras, el reclamante puede acudir al Defensor del Consumidor Financiero de la entidad y, de ser necesario, escalar ante la Superintendencia Financiera de Colombia o pedir orientación gratuita en Personerías y consultorios jurídicos.
Pasos para solicitar el saldo
Seguí este orden para radicar sin contratiempos:
1) Acercate al banco: pedí el formulario y bloqueá tarjetas asociadas.
2) Reuní soportes: defunción, vínculo y cédula; agrega declaración juramentada si te la solicitan.
3) Verificá el tope legal: si el saldo está por debajo, el banco puede pagarlo sin sucesión.
4) Si lo supera: iniciá sucesión notarial o judicial para distribuir conforme a la ley.