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El 15 de octubre fue la fecha límite para quienes habían pedido una prórroga para presentar su declaración de impuestos. Pasado ese día, el que no declaró entró en falta y empezó a acumular recargos que crecerán mes a mes. La buena noticia es que todavía hay forma de frenar el daño y regularizar la situación.

Las multas de IRS para quienes no declararon sus impuestos a tiempo

La multa por no presentar la declaración de impuestos (failure to file) equivale al 5% del impuesto adeudado por cada mes o fracción de mes de atraso. Ese “o fracción de mes” es un detalle que conviene tener presente: apenas se pasa un solo día del plazo ya cuenta como un mes completo, así que no hay margen de gracia.

La multa se calcula sobre el impuesto que quedó impago, no sobre el total de la declaración, y por eso quien ya pagó la mayor parte en término tiene una base mucho menor sobre la cual se le aplica el recargo.

El porcentaje se va sumando mes a mes hasta alcanzar un tope del 25%, que se llega a los cinco meses de atraso: a partir de ahí, esta multa deja de crecer, aunque los intereses y la penalidad por no pagar siguen corriendo por su cuenta.

El 15 de octubre fue la fecha límite para quienes habían pedido una prórroga para presentar su declaración de impuestos.
El 15 de octubre fue la fecha límite para quienes habían pedido una prórroga para presentar su declaración de impuestos.

La multa mínima para los que se atrasan mucho

Hay un detalle importante para quien declara con bastante demora. Si la declaración se presenta con más de 60 días de atraso respecto de la fecha límite, se aplica una multa mínima: para las declaraciones realizadas durante 2026 correspondientes al período fiscal 2025, es la menor de dos cifras, 525 dólares o el 100% del impuesto adeudado. Es decir, por más chica que sea la deuda, el castigo por presentar muy tarde tiene un piso.

Cómo ponerse al día

El principio general es simple: cuanto antes se declare y se pague, menos se acumula. Estos son los pasos recomendados:

  • Presentar la declaración lo antes posible, aunque ya esté vencida: cada mes que pasa suma recargo, así que no conviene seguir postergándola.
  • Pagar lo que se pueda, aunque no sea el total: reduce la base sobre la que se calcula la multa por pago tardío y los intereses.
  • Si no se puede pagar todo de una vez, solicitar un plan de pagos en cuotas (installment agreement) con el IRS, que además baja el recargo por no pagar mientras esté vigente. Guardar los comprobantes y las confirmaciones de cada trámite.

En algunos casos, el IRS puede eximir o reducir las multas a quienes tienen un buen historial de cumplimiento o una causa razonable para el atraso, a través de mecanismos como el alivio por primera vez (First-Time Penalty Abatement). Vale la pena consultarlo.