

La Ley de Movilidad de la Ciudad de México establece los supuestos en los que la Secretaría de Movilidad (Semovi) debe suspender o cancelar una licencia de conducir. En este marco, esta normativa se mantendrá durante el mes de septiembre.
Estas medidas forman parte de la normativa vigente y se aplican cuando los conductores incurren en determinadas conductas previstas por la legislación.
La legislación establece distintos supuestos en los que la autoridad debe suspender temporalmente una licencia o cancelarla de manera definitiva, dependiendo de la conducta cometida.
En qué casos pueden suspender una licencia de conducir
La Ley de Movilidad de la Ciudad de México establece que la Semovi suspenderá la licencia por un periodo de entre seis meses y tres años cuando se actualicen determinados supuestos.
Entre ellos destacan:
- Acumular tres infracciones a la Ley de Movilidad o a sus reglamentos en el transcurso de un año.
- Causar daños a terceros o a sus bienes sin resarcirlos al conducir un vehículo.
- Ser sancionado por primera ocasión por conducir un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol o narcóticos, en los términos previstos por el Reglamento de Tránsito.
- Ser sancionado por segunda ocasión, dentro de un periodo menor a tres años, por conducir bajo los efectos del alcohol o narcóticos, supuesto que conlleva una suspensión de tres años.
En los casos relacionados con alcohol o narcóticos, además de la suspensión, la legislación obliga al infractor a someterse, a su costa, a un tratamiento para el combate de las adicciones en una institución especializada.
Qué conductores pueden perder definitivamente la licencia
La normativa también contempla la cancelación definitiva de la licencia en determinados casos.
Entre ellos se encuentran:
- Ser sancionado por segunda ocasión en un periodo de un año por conducir un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol o narcóticos.
- Ser sancionado por tercera ocasión en un periodo de tres años por conducir bajo los efectos del alcohol o narcóticos.
- Cometer alguna infracción a la Ley de Movilidad o a sus reglamentos bajo la influencia de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias tóxicas.
- Haber sido sancionado en dos ocasiones con la suspensión de la licencia o permiso para conducir.
- Obtener la licencia mediante información o documentos falsos.
- Que una autoridad determine en definitiva que el conductor provocó, por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad, un hecho de tránsito con personas fallecidas o lesiones que pongan en riesgo la vida.
- Tratándose de conductores de transporte público, privado de pasajeros o de carga, conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol o narcóticos en los casos previstos por la ley.

La cancelación extingue definitivamente la licencia o el permiso para conducir, conforme a lo previsto por la Ley de Movilidad.
Qué ocurre cuando una licencia es suspendida o cancelada
La Ley de Movilidad establece que no se reexpedirá una licencia o permiso para conducir mientras permanezca vigente una suspensión o una cancelación.
Además, durante ese periodo la persona sancionada no podrá conducir vehículos motorizados en la Ciudad de México utilizando una licencia expedida por otra entidad federativa o por otro país.
Estas consecuencias forman parte de las medidas previstas por la Ley de Movilidad para quienes actualicen alguno de los supuestos de suspensión o cancelación establecidos por la legislación vigente.


