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La convivencia ciudadana invita a tener empatía por todos; sin embargo, cuando se trata de llevarlo a la práctica, el transporte público representa un desafío a la hora de convivir con otras personas que deben cargar con miles de cosas para trasladarse de un lugar a otro dentro de la ciudad. En la CDMX el Reglamento de la Ley de Movilidad señala determinadas circunstancias en las que puede negarse el servicio de transporte público a quienes pueden llegar a incomodar a otros o al tener al órden público.

De acuerdo con el Artículo 227 del Reglamento de la Ley de Movilidad, entre las causas justificadas para negar el servicio se encuentra portar bultos, materiales inflamables o animales que puedan causar molestias, ensuciar, deteriorar o dañar el vehículo, o representar un riesgo para otros usuarios. La excepción contempla a los perros de asistencia.

Esto está prohbido en el transporte público de CDMX.
Esto está prohbido en el transporte público de CDMX.

¿Qué pasa con quienes llevan bolsas grandes o mercancía?

La restricción aplica cuando los bultos, materiales u objetos puedan representar un riesgo, causar molestias o provocar daños al vehículo, así que antes de subirte a un bus, piensa si esa bolsa grande o bulto, podría hacerle daño a alguien más o causar molestas para el libre tránsito.

De llevar algún elemento que incomode el aresto de los pasajeros, el reglamento establece que puede las autoridades pueden negar el servicio cuando se solicite transportar un número de personas o equipaje superior a la capacidad autorizada del vehículo, o cuando el transporte ya se encuentre a máxima capacidad y el ascenso de más pasajeros pueda propiciar un accidente.

Por ello, antes de abordar es importante considerar que:

  • Los objetos transportados no deben representar un riesgo para las demás personas.
  • No deben ensuciar, deteriorar o causar daños al vehículo.
  • El equipaje no puede exceder la capacidad autorizada.
  • Los materiales inflamables pueden ser motivo para negar el servicio.
  • El ascenso puede impedirse cuando el vehículo está lleno y hacerlo supone un riesgo.
Metrobús gratis con o sin tarjeta de gratuidad: estas personas podrán viajar sin pagar desde esta fecha (foto: archivo).
Metrobús gratis con o sin tarjeta de gratuidad: estas personas podrán viajar sin pagar desde esta fecha (foto: archivo).

Otras reglas que deben respetarse en el transporte público

El Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal es de observancia obligatoria para las personas usuarias, el personal del STC, elementos de seguridad y compañías contratadas. Por ello, además de las disposiciones relacionadas con objetos y equipaje, existen otras medidas para garantizar la seguridad dentro de la Red del Sistema de Transporte Colectivo.

Entre las recomendaciones y reglas difundidas por el Gobierno de la Ciudad de México y el STC se encuentran:

  • Las niñas y los niños menores de siete años deben estar acompañados por una persona mayor responsable de su seguridad.
  • Está prohibido descender a la zona de vías o ingresar a áreas restringidas.
  • No se deben introducir objetos metálicos que puedan afectar la circulación de los trenes o causar molestias.
  • Es necesario respetar las filas en las taquillas.
  • No se deben utilizar billetes notoriamente deteriorados para realizar pagos.

Entonces, el Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal sugiere que llevar una bolsa grande o mercancía no implica por sí solo una sanción automática, pero el personal puede negar el servicio cuando el equipaje, los objetos o la conducta de una persona encuadren en alguna de las causas previstas por el reglamento. La prioridad de estas disposiciones es mantener la seguridad y evitar riesgos para quienes utilizan el transporte público.