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La jornada partida continúa formando parte del día a día de miles de trabajadores en España. Este modelo de organización laboral, habitual especialmente en sectores como el comercio y la hostelería, puede provocar que una jornada de ocho horas se traduzca en 12 o 13 horas fuera de casa.

La abogada laboralista Virginia López Bello cuestiona que esta situación se haya asumido como algo habitual. “Nos han hecho creer que trabajar 8 horas y estar 12 o 13 fuera de casa es algo normal, no lo es”, sostiene la experta al analizar las consecuencias de estos horarios.

El problema no está necesariamente en las ocho horas de trabajo efectivo, sino en cómo se distribuyen. Los desplazamientos y, sobre todo, las largas interrupciones de la jornada partida pueden extender durante prácticamente todo el día el tiempo vinculado al empleo.

Virginia López Bello carga contra la jornada partida: “Trabajar 8 horas y estar 12 o 13 fuera de casa no es normal. Es tiempo que nadie te paga” (Shutterstock).
Virginia López Bello carga contra la jornada partida: “Trabajar 8 horas y estar 12 o 13 fuera de casa no es normal. Es tiempo que nadie te paga” (Shutterstock).Fuente: ShutterstockShutterstock

Virginia López Bello cuestiona la jornada partida: “Tiempo muerto, tiempo perdido”

Uno de los puntos más críticos de la jornada partida aparece durante el descanso entre los dos bloques de trabajo. Para muchos empleados, ese intervalo no permite volver a casa debido a la distancia, el transporte disponible o el propio tiempo de desplazamiento.

López Bello describe estas horas de forma contundente: “tiempo muerto, tiempo perdido, tiempo que nadie te paga, pero que la empresa ocupa igualmente”. De esta forma, una persona puede trabajar ocho horas, pero dedicar una parte mucho mayor de su día a estar fuera de casa por cuestiones relacionadas con su horario.

Esta distribución tiene consecuencias directas sobre la conciliación laboral y familiar. Las largas pausas pueden dificultar organizar actividades personales, pasar tiempo con la familia o simplemente disponer de varias horas seguidas de descanso al terminar el trabajo.

La legislación española establece límites sobre el trabajo efectivo, aunque eso no significa que todo el intervalo que una persona pasa fuera de casa forme parte de su jornada laboral. El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores fija actualmente una duración máxima ordinaria de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

Por qué una jornada de 8 horas puede convertirse en 12 o 13 horas fuera de casa

La jornada partida divide el horario diario en dos bloques separados por una interrupción. Así, un trabajador puede comenzar por la mañana, disponer de varias horas libres a mitad del día y regresar después a su puesto para terminar por la tarde o por la noche.

El problema señalado por López Bello aparece cuando ese descanso es demasiado largo para permanecer en el trabajo, pero demasiado corto o incómodo para regresar a casa. Si además se suman los desplazamientos de ida y vuelta, las ocho horas de actividad pueden ocupar prácticamente todo el día.

Esta situación resulta especialmente visible en el comercio y la hostelería, donde los horarios partidos continúan siendo frecuentes. La experta cuestiona la costumbre de cerrar establecimientos durante varias horas por la tarde para volver a abrir hasta las ocho o las nueve de la noche.

En el caso de la restauración, también pone el foco en los horarios tardíos. Para López Bello, la organización de estas actividades está vinculada a hábitos de consumo que condicionan tanto los horarios comerciales como la vida cotidiana de quienes trabajan en estos sectores.

Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre la jornada laboral y los descansos

El Estatuto de los Trabajadores establece que la duración de la jornada será la fijada mediante convenio colectivo o contrato de trabajo. Como regla general, además de las 40 horas semanales de promedio anual, deben respetarse determinados periodos mínimos de descanso.

El artículo 34 señala que entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deben transcurrir al menos 12 horas. También establece, con carácter general, un máximo de nueve horas ordinarias de trabajo efectivo al día, salvo que un convenio colectivo o un acuerdo permita otra distribución respetando el descanso entre jornadas.

Para las jornadas diarias continuadas superiores a seis horas, la norma establece además un descanso mínimo de 15 minutos. Ese intervalo únicamente se considera tiempo de trabajo efectivo cuando así esté previsto en el convenio colectivo o en el contrato.

Por tanto, la crítica de López Bello no supone que una jornada partida sea ilegal por sí misma. El foco está en cómo esta organización puede extender el tiempo que el empleado dedica indirectamente al trabajo y reducir sus posibilidades reales de conciliación.

La propuesta de Virginia López Bello para cambiar los horarios en España

La abogada laboralista considera necesario revisar también los hábitos de consumo. Su planteamiento pasa por adelantar las comidas y las cenas, como ocurre en otros países, para que comercios, restaurantes y otros negocios puedan adaptar sus horarios.

Este cambio podría permitir que determinados trabajadores terminen antes su jornada y dispongan de más tiempo libre al finalizar el día. Para López Bello, mantener horarios comerciales y de restauración hasta muy tarde responde a una organización social que debería revisarse.

Virginia López Bello carga contra la jornada partida: “Trabajar 8 horas y estar 12 o 13 fuera de casa no es normal. Es tiempo que nadie te paga” (Fuente: Shutterstock).
Virginia López Bello carga contra la jornada partida: “Trabajar 8 horas y estar 12 o 13 fuera de casa no es normal. Es tiempo que nadie te paga” (Fuente: Shutterstock).Fuente: ShutterstockShutterstock

La discusión sobre la jornada partida se relaciona así con un debate más amplio sobre la conciliación. El propio Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada para hacer efectivo el derecho a conciliar la vida familiar y laboral, en los términos previstos legalmente.

López Bello sostiene, además, que las nuevas generaciones están cuestionando unas condiciones que durante años fueron asumidas como normales. La idea, explica, pasa por “trabajar para vivir, no vivir para trabajar”.

La experta concluye poniendo el foco no tanto sobre los empleados como sobre la organización empresarial: “Quizá el problema no sea el trabajador”, sino “un modelo de negocio y unos horarios que ya no encajan en la sociedad del siglo XXI”.