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Una nueva normativa sobre la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) generó confusión entre miles de conductores en España después de que varios titulares aseguraran que todos los vehículos con más de 10 años de antigüedad tendrían que someterse a revisiones semestrales. Sin embargo, la medida no alcanza a los turismos particulares.

La actualización de la Instrucción PROT 2026/04 de la Dirección General de Tráfico (DGT), publicada este año, establece que la ITV cada seis meses será obligatoria únicamente para determinados vehículos comerciales ligeros de transporte de mercancías y para las furgonetas camperizadas clasificadas dentro de la categoría N cuando superen los 10 años de antigüedad.

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Qué vehículos deben pasar la ITV dos veces anualmente

La nueva normativa establece una diferenciación en los plazos de inspección en función de la categoría técnica que se detalla en la documentación del vehículo. Las furgonetas camperizadas homologadas como categoría N deberán llevar a cabo la ITV anualmente hasta alcanzar los 10 años y posteriormente, cada seis meses.

Asimismo, se contemplan los vehículos comerciales ligeros destinados al transporte de mercancías con un peso de hasta 3,5 toneladas que se encuentren dentro de dicha categoría técnica.

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Buenas noticias para los conductores: ya no tendrán que pasar la ITV si su coche está en este listado. Foto: EFE

Coches particulares y autocaravanas: lo que necesitas saber

Los turismos privados mantienen el calendario habitual. Están exentos durante los primeros cuatro años, pasan la ITV cada dos años entre los cuatro y los diez años de antigüedad y, una vez superada la década, continúan con una inspección anual, no semestral.

En el caso de las autocaravanas homologadas como categoría M, la frecuencia tampoco cambia: quedan exentas hasta los cuatro años, realizan la inspección cada dos años entre los cuatro y los diez años y, después de ese plazo, deben pasarla una vez al año.

La clave para determinar si un vehículo está afectado por la nueva obligación no es únicamente su antigüedad, sino la categoría que figura en su ficha técnica. Por tal motivo, no todos los vehículos de más de 10 años estarán obligados a acudir a la ITV cada seis meses.

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