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El ministro de Economía, Luis Caputo, aseguró en noviembre de 2025 que el Gobierno evaluaba aumentar las deducciones del impuesto a las Ganancias, aquellos importes que se restan y disminuyen la base imponible sobre la cual se calcula el tributo.
“Estamos analizando subir fuertemente las deducciones del impuesto a las Ganancias de personas humanas (cuarta categoría)”, prometió el titular del Palacio de Hacienda.
Incluso, Caputo remarcó en una entrevista que ese alivio “le dará incentivo a la gente a pedir factura”, lo que contribuiría a formalizar más la economía. “Eso le va a permitir a cualquiera que pague Ganancias poder deducir desde una cafetera hasta la cuota que paga de un crédito hipotecario”, señaló en aquel momento.
Para avanzar en esa dirección, se requería una modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias: del artículo 30, que fija el mínimo no imponible y las cargas de familia, y del artículo 85, que contempla gastos puntuales que hoy pueden deducirse (alquiler, hipoteca, medicina prepaga y servicio doméstico, entre otros).
El anuncio se realizó en la antesala del envío de la Ley de Modernización Laboral al Congreso. Finalmente, el Ejecutivo incluyó en la reforma laboral un capítulo fiscal que, en sus orígenes, contemplaba la reducción de alícuotas en Ganancias para las sociedades (tramo 2 y tramo 3). No solo no incorporó una medida vinculada a las deducciones, sino que luego cedió ante la presión de los gobernadores y quitó el apartado que beneficiaba a las sociedades.
Cabe recordar que Ganancias es un impuesto coparticipable entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Por lo tanto, cualquier modificación requiere coordinación política y aprobación del Congreso.

El Cronista consultó al Ministerio de Economía si la iniciativa de avanzar con un incremento en las deducciones del impuesto aún está en carpeta, aunque desde esa cartera evitaron dar precisiones al respecto.
Se trataría de una medida que permitiría actualizar montos deducibles que quedaron desactualizados. El ejemplo más concreto es el de los intereses de un crédito hipotecario, cuyo monto deducible es de $ 20.000 anuales.
Otros gastos, en cambio, están sujetos a determinados topes: alquiler de vivienda, honorarios médicos, seguros de vida y retiro, cuotas de instituciones educativas y la compra de equipamiento para uso laboral, entre otros.
Qué se puede deducir hoy
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) permite deducir determinados gastos de la base imponible sobre la cual se calculará el impuesto a pagar. De esta forma, se reduce la carga fiscal que recae sobre el contribuyente.
Deducciones personales
Hijos
Se permite la deducción por hijos menores de 18 años o incapacitados para trabajar. Uno de los padres puede computar el 100% de la deducción o dividirla en partes iguales (50% cada uno).
Por los ingresos correspondientes a 2026, se podrán descontar $ 2.859.060,31 por cada hijo menor de 18 años y $ 5.718.120,60 por cada hijo incapacitado para trabajar.
Cónyuge
Para aplicar esta deducción, el contribuyente debe demostrar que su cónyuge no tiene ingresos o que, si los tiene, no superan el monto establecido durante el período fiscal correspondiente.
En 2026, se podrán deducir hasta $ 5.669.323,06, siempre que los ingresos del cónyuge no hayan superado los $ 6.019.671,36 establecidos como ganancia no imponible.
Deducciones generales
Alquileres
Se permite deducir hasta el 40% del alquiler de la vivienda habitual, con un tope equivalente al mínimo no imponible del período, de $ 5.585.736,93. Para acceder al beneficio, el inquilino no debe ser propietario de ningún inmueble, en ninguna proporción, y el monto abonado debe estar respaldado por una factura o documento equivalente emitido por el locador.
Adicionalmente, tanto el propietario como el inquilino pueden deducir hasta el 10% del valor mensual del alquiler.
Medicina prepaga
Se pueden deducir las cuotas o abonos abonados a empresas de medicina prepaga y los aportes complementarios a obras sociales. El beneficio, sin embargo, tiene como tope el 5% de la ganancia neta anual.
Personal doméstico
Se pueden deducir tanto la remuneración como las contribuciones patronales pagadas, hasta un máximo anual establecido por ARCA ($ 5.585.736,93).
Intereses hipotecarios
Los intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición o construcción de la vivienda propia son deducibles, con un tope de $ 20.000 anuales.

Seguros de vida y de retiro
Ambas categorías tienen un tope anual unificado, establecido por ARCA, de $ 753.472,14.
Honorarios médicos
Se pueden deducir los gastos de salud debidamente facturados, con un límite del 40% del total abonado durante el período fiscal, siempre que no hayan sido cubiertos por una obra social o empresa de medicina prepaga. Además, la deducción no puede superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio.
El pedido del FMI
En el último staff report, el Fondo Monetario Internacional (FMI) presentó una serie de sugerencias para modificar el esquema impositivo. Allí, el organismo identificó cinco ejes principales para avanzar en la transformación del sistema.
Uno de ellos estuvo abocado al impuesto a las Ganancias que, según el informe, representa el 1,8% del PBI en términos de recaudación, una cifra inferior al promedio de los países que integran la OCDE.
El FMI remarcó que la reforma de 2023 redujo significativamente la cantidad de trabajadores alcanzados por el tributo: menos del 1% de los empleados formales.
Para incrementar los ingresos, el organismo propuso que el Gobierno de Javier Milei redujera el umbral de ingresos para que al menos el 20% de los trabajadores pague Ganancias. También sugirió “armonizar las deducciones entre distintas categorías laborales y simplificar la estructura de alícuotas”.
De acuerdo con las proyecciones del Fondo, esta medida permitiría recaudar un extra equivalente al 0,4% del PBI.






