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El Gobierno avanzó con el dictamen de la nueva Ley de Inocencia Fiscal, aunque debió introducir modificaciones para que la oposición apoyara la iniciativa. El oficialismo aceptó que se excluyera a los funcionarios públicos de los beneficios del Régimen Simplificado de Ganancias (RSG).

En ese sentido, quienes ocupen o hayan ocupado cargos de alta responsabilidad en el ámbito público, durante los cinco años anteriores a la adhesión, podrán inscribirse en la modalidad simplificada del impuesto (sin informar patrimonio), pero no gozarán del efecto liberatorio del pago ni de la presunción de exactitud (tapón fiscal).

La exclusión abarca a funcionarios con rango de secretario de Estado, legisladores (nacionales, provinciales y CABA) y concejales municipales, parlamentarios del Mercosur, jueces y fiscales, defensores del Pueblo y miembros del Consejo de la Magistratura, entre otros.

La disposición resultará aplicable a partir de la entrada en vigencia de esta nueva ley. Por lo tanto, aquellas personas con cargos públicos que hayan regularizado el pago del impuesto y hayan presentado la Declaración Jurada Simplificada no perderán el efecto liberatorio del pago (por el período fiscal 2025) y el tapón fiscal por los tres ejercicios anteriores (2022, 2023 y 2024).

No obstante, la existencia de discrepancias significativas debidamente verificadas, por ejemplo, podría habilitar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a impugnar la declaración jurada.

“La principal modificación introducida durante el debate fue la exclusión de los funcionarios públicos de los beneficios sustanciales del régimen, una decisión que buscó neutralizar las críticas vinculadas a eventuales privilegios para quienes ejercen o ejercieron cargos de poder”, sostuvo Leonardo Favaretto, socio de Impuestos en BDO Argentina.

La exclusión de los beneficios a los funcionarios públicos fue un aspecto que no había sido contemplado por el Ejecutivo en el proyecto enviado al Congreso. Sin embargo, la adhesión de Manuel Adorni al régimen disparó críticas de la oposición, en un momento en el que el exjefe de Gabinete estaba siendo investigado por delitos vinculados a un presunto enriquecimiento ilícito o lavado de activos.

El "efecto Adorni" derivó en la exclusión de los beneficios del RSG para los funcionarios públicos
El "efecto Adorni" derivó en la exclusión de los beneficios del RSG para los funcionarios públicos

“La exclusión de funcionarios tiene una finalidad atendible: evitar que un régimen fiscal pueda utilizarse para dar apariencia de legitimidad a fondos vinculados con hechos de corrupción. Pero conviene no confundir planos. Los beneficios fiscales no borran ni neutralizan las normas de prevención de lavado de activos ni las responsabilidades que puedan corresponder conforme al Código Penal. Si los fondos tienen origen delictivo, la eventual regularización tributaria no los convierte en lícitos ni impide una investigación penal”, explicó Diego Fraga, especialista en derecho tributario y socio de Expansion Business Argentina.

Si el Congreso aprueba los cambios en estos términos, quienes desempeñen o hayan desempeñado cargos de alta responsabilidad pública dejarán de gozar de los beneficios especiales del régimen para los nuevos períodos fiscales. Hacia atrás, en cambio, la cuestión es distinta.

“Si una persona adhirió válidamente cuando cumplía todos los requisitos legales, aceptó la declaración simplificada y pagó, hay argumentos muy fuertes para sostener que los efectos que la ley le otorgó por ese período no pueden desaparecer después porque una ley posterior cambie las condiciones de acceso. Ahí entran en juego los principios elementales de legalidad, seguridad jurídica y no retroactividad”, remarcó Fraga.

Según el dictamen, avalado en el plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, y de Legislación Penal, la exclusión no incluye a los familiares directos de los funcionarios públicos, un punto que también habían remarcado algunos sectores de la oposición luego de que Bettina Angeletti, esposa de Adorni, se inscribiera en el régimen simplificado.

“En blanqueos anteriores hemos visto restricciones que alcanzaban a familiares de funcionarios que acababan de asumir, impidiéndoles acceder a una amnistía por patrimonios que nada tenían que ver con la función pública”, agregó Fraga.

Más cambios en Inocencia Fiscal

El texto, que comenzará a tratarse en Diputados el miércoles 26 de agosto, amplía significativamente el universo de contribuyentes que pueden adherir al régimen simplificado, al eliminar los parámetros de ingresos totales ($ 1000 millones) y de patrimonio ($ 10.000 millones).

“El régimen simplificado dejaría de estar orientado exclusivamente a contribuyentes medianos y pasaría a estar disponible también para grandes patrimonios”, señaló Favaretto.

El dictamen también excluye de los beneficios del régimen a los “Grandes Contribuyentes Nacionales”. Al igual que los funcionarios públicos, podrán presentar la declaración jurada a través del régimen simplificado, pero no accederán a los beneficios.

El proyecto robusteció la seguridad jurídica de los contribuyentes, como incentivo para impulsar una mayor exteriorización de "dólares del colchón"
El proyecto robusteció la seguridad jurídica de los contribuyentes, como incentivo para impulsar una mayor exteriorización de "dólares del colchón"

Los cambios en la Ley 27.799 tienen como objetivo incentivar a los contribuyentes a exteriorizar sus ahorros no declarados —los denominados “dólares del colchón”—, otorgando mayor seguridad jurídica.

En ese sentido, el dictamen mantuvo una modificación técnica que, para los especialistas, constituye la incorporación más relevante: un umbral mínimo para establecer cuándo una diferencia hallada por ARCA puede considerarse “significativa”.

El fisco podrá detectar una discrepancia significativa cuando la diferencia del impuesto sea superior al 15% o supere el monto objetivo para los delitos de evasión simple ($ 100 millones).

Sin embargo, el proyecto establece un umbral mínimo de $ 5 millones. “Si la diferencia del impuesto determinado, aún superando el 15% del monto originalmente declarado, no excediera el mencionado umbral, no se verificaría discrepancia significativa y se mantendrían en consecuencia todos los beneficios garantizados por el régimen”, agregó Favaretto.

Asimismo, los contribuyentes podrán subsanar diferencias que hayan sido detectadas por ARCA si rectifican la declaración jurada y cancelan el saldo (más intereses resarcitorios) dentro de los 15 días hábiles de notificada la liquidación administrativa o resolución determinativa de oficio.