La entrada en vigencia de la Ley 2831 de 2024, programada para el 1 de julio de 2025, marcará un antes y un después en el sistema pensional colombiano ya que el gobierno modificará el derecho a heredar una pensión tras la muerte de un afiliado o jubilado. Este beneficio, que hasta ahora era considerado un respaldo económico para muchas familias, estará sujeto a nuevas condiciones y restricciones.
En un contexto donde miles de hogares dependen del ingreso proveniente de la pensión de un familiar fallecido, los ajustes legales buscan priorizar a quienes realmente hayan tenido una relación de convivencia o dependencia económica con el titular.
No obstante, estas medidas también excluyen a algunos que hasta ahora tenían posibilidad de acceder al beneficio, lo que ha generado preocupación entre los ciudadanos.
¿Quiénes pueden heredar una pensión por fallecimiento en Colombia?
Según la nueva normativa, los beneficiarios legales de la pensión de sobrevivencia seguirán siendo los hijos menores de 18 años, los hijos entre 18 y 25 años que estudien y dependan económicamente del fallecido, así como los hijos en condición de invalidez sin límite de edad. También se incluyen los padres y hermanos menores o con invalidez, siempre que exista una dependencia económica demostrable.
En cuanto a la pareja sobreviviente, solo podrá acceder a la pensión la persona que haya convivido al menos cinco años con el afiliado fallecido y que demuestre dependencia económica, ya no será posible dividir la pensión entre varias parejas, ni acceder al beneficio si hubo una separación durante los últimos cinco años previos al fallecimiento, aunque no exista un divorcio legal.
¿Qué pasa con la pensión si no hay beneficiarios directos?
Si no se presentan beneficiarios con derecho a la pensión por sobrevivencia, el dinero acumulado por el fallecido no desaparece, pero tampoco queda disponible para cualquier heredero. En estos casos, los fondos pasarán al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, donde solo a través de una vía legal ordinaria los herederos podrán reclamar ese dinero como parte del patrimonio del fallecido.
En este sentido, la ley contempla que quienes cotizaron pero no alcanzaron a pensionarse podrán dejar sus ahorros previsionales como herencia, pero si existen beneficiarios con prioridad legal, como hijos menores, esos recursos se destinarán a garantizar su sustento antes de ser distribuidos a otros herederos.