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El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó el 20 de enero de 2025 la orden ejecutiva 14159, que establece cambios en la política migratoria del país. La normativa, que entrará en vigor el viernes 11 de abril, exigirá un registro obligatorio para ciertos migrantes, con el fin de reforzar el control de ingreso y permanencia en territorio estadounidense.
La medida fue anunciada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) y tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de las leyes migratorias vigentes, así como fortalecer la seguridad nacional.
Registro obligatorio para extranjeros mayores de 14 años
A partir de la fecha mencionada, todo ciudadano extranjero de 14 años o más que planee permanecer más de 30 días en Estados Unidos deberá registrarse ante la Uscis. El trámite incluye la presentación del Formulario G-325R, así como la toma de huellas dactilares, fotografías y firma.
También será responsabilidad de los padres o tutores legales realizar el registro correspondiente para los menores de 14 años antes de que se cumpla el plazo de 30 días de estadía.
Quiénes deben cumplir con el nuevo requisito de registro en EE.UU.
De acuerdo con el comunicado oficial, deberán realizar el trámite de registro las siguientes personas:
- Extranjeros de 14 años o más que no hayan sido registrados al solicitar una visa.
- Menores de 14 años, mediante gestión de sus padres o tutores.
- Migrantes que cumplan 14 años en Estados Unidos, dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños.
- Ciudadanos canadienses que ingresen al país sin trámites migratorios formales.
- Inmigrantes en situación irregular o visitantes frecuentes.
Migrantes exentos del registro obligatorio en EE.UU.
Quedarán exentas las personas que:
- Ya hayan sido registradas y se les hayan tomado huellas al momento de ingresar a Estados Unidos.
- Estén en procesos migratorios como residencia, asilo, refugio, TPS o DACA.
- Hayan ingresado mediante el programa de parole humanitario, según explicó el Centro Nacional de Derecho de Inmigración (NILC).
Cómo registrarse en la Uscis
Quienes deban cumplir con esta nueva exigencia deberán realizar el proceso a través del sitio web oficial de la Uscis. Los pasos son los siguientes:
- Crear una cuenta en línea en el portal oficial del organismo.
- Completar y enviar el Formulario G-325R.
- Esperar la notificación de cita para la toma de huellas dactilares, fotos y firma.
- Acudir a la cita en el centro asignado por la Uscis.
- Recibir el "Comprobante de Registro de Extranjero".
Este comprobante deberá presentarse ante las autoridades si se permanece más de 30 días en Estados Unidos. La Uscis aclaró que este registro no otorga estatus migratorio, autorización de empleo ni otros beneficios migratorios.
Qué consecuencias tendrá no cumplir con la normativa en EE.UU.
Aunque aún no se ha detallado el tipo de sanciones, se espera que el incumplimiento del registro conlleve consecuenciaslegales, especialmente para quienes permanezcan en territorio estadounidense sin haber presentado la documentación requerida. El Gobierno ha advertido que el objetivo es fortalecer el control migratorio, por lo que se espera una aplicación estricta de la norma.