

En el contexto actual, los conductores mayores de 65 años en Colombia deben anticiparse a la caducidad de su licencia de conducción. La normativa vigente exige demostrar aptitud física, mental y de coordinación motriz a través de un examen en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.
Adicionalmente, el Ministerio de Transporte establece, mediante la Resolución 217 de 2014, las directrices para la expedición de estos certificados de aptitud, así como los aspectos que se evalúan (visión, audición, coordinación motriz, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta exigencia es aplicable a todos los conductores y se torna especialmente relevante en edades avanzadas debido a los períodos de vigencia más reducidos.
Si el certificado no se encuentra registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta información es corroborada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por multas.
Certificado en el RUNT: esencial para la renovación
Es importante considerar un aspecto operativo que frecuentemente se pasa por alto: el certificado médico posee una vigencia máxima de 6 meses; si transcurre dicho período sin finalizar el trámite, será necesario repetir los exámenes.
Para llevar a cabo la renovación, la entidad de tránsito verifica en el RUNT que usted cuente con un certificado vigente de examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté cargado o haya expirado, la solicitud será rechazada. Adicionalmente, es necesario estar inscrito en el RUNT, presentar su documento y no tener comparendos pendientes (o contar con un acuerdo de pago).

¿Cada cuánto se renueva tras los 65 años y cuándo es anual?
La vigencia de los servicios está condicionada por el tipo de servicio y la edad del solicitante:
Servicio particular (A y B):
- Menores de 60 años: cada 10 años.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Mayores de 80 años: anual.
Servicio público (C):
- Menores de 60 años: cada 3 años.
- Mayores de 60 años: anual.
No se establece una “edad tope” que impida la renovación; lo esencial es cumplir con la aptitud médica y la periodicidad correspondiente.

Guía 2025: cómo evitar perder la licencia
En Bogotá, la Ventanilla Única de Servicios establece para 2025 las siguientes tarifas: $128.700 para automóvil y $222.100 para motocicleta (sujeto a actualizaciones locales). Es recomendable revisar el tarifario vigente antes de su cita.
- Hágase el examen en un CRC habilitado y asegúrese de que el resultado esté cargado en el RUNT.
- Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito correspondiente a su ciudad.
- Verifique que no tiene multas pendientes.
- Pague los derechos del trámite.
¿Qué mide el examen médico y por qué complica la renovación?
El CRC tiene la función de asegurar que el conductor mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación que sean compatibles con la conducción segura. La Resolución 217 de 2014 establece el marco técnico para la realización de dichos exámenes y la emisión del certificado.
Si el resultado no es apto, el sistema no permitirá la renovación de la licencia hasta que se cumplan las condiciones que indique el profesional, tales como tratamientos, ayudas ópticas/auditivas u otras medidas.
- Cruce su estado en el RUNT y pague multas, si corresponde, antes de la cita.
- Revise la fecha de vencimiento con antelación y agende el CRC: recuerde la vigencia de 6 meses del certificado.
- Si maneja servicio público o tiene más de 80 años, planifique la renovación anual.


