

El carril confinado del Metrobús está diseñado para garantizar la circulación ágil y segura del transporte público en la Ciudad de México, y si bien es respetado por la mayoría de los automovilistas, persisten conductores que optan por invadirlo para evadir el tránsito.
A través de las redes sociales del Metrobús de CDMX advierten que esta maniobra indebida que puede derivar en accidentes graves y poner en riesgo tanto su propia vida como la de los pasajeros que viajan a bordo de los autobuses.
CDMX incrementó la vigilancia y sanciones a conductores que transiten en el carril de metrobús
Ante esta problemática, el Gobierno de la Ciudad de México ha reforzado los mecanismos de vigilancia y sanción a través de la estrategia “Si invades, la pagas”, implementada en coordinación entre el Metrobús, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y la Subsecretaría de Control de Tránsito.
El propio sistema de transporte ha insistido en que, aunque algunos automovilistas crean que no son vistos, el monitoreo es constante y permanente.
Así funciona la vigilancia contra la invasión del carril
El esquema de detección combina distintas tecnologías distribuidas a lo largo de los siete corredores del Metrobús:
- Cámaras a bordo de las unidades, que permiten a los operadores identificar y reportar invasiones al Centro de Control del sistema.
- Cámaras fijas instaladas en las estaciones, orientadas para captar las placas de los vehículos que circulan por el carril exclusivo.
- Arcos de infracción y radares móviles, colocados en puntos estratégicos de las rutas para el reconocimiento automatizado de matrículas.
- Cámaras del C5, que complementan el monitoreo urbano y permiten a la Subsecretaría de Control de Tránsito cruzar la información antes de generar la boleta correspondiente.
Una vez que el sistema capta la placa de un vehículo infractor, la evidencia se remite a la Secretaría de Seguridad Ciudadana para que se genere la sanción. En redes sociales, el propio Metrobús ha advertido a los conductores: “No vuelvas a invadir el carril porque aquí monitoreamos hasta cuando no nos ves”.

Cuánto cuesta la infracción y qué otras consecuencias tiene
De acuerdo con el Artículo 11, fracción X, del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, está prohibido que cualquier tipo de vehículo circule sobre los carriles exclusivos para transporte público, ya sea en el sentido normal de la vía o en contraflujo, así como utilizarlos para rebasar o dar vuelta a la izquierda, a la derecha o en “U”.
La sanción -tal y como remarcan en uno los reels de la cuenta oficial del transporte- para quien incumpla esta disposición equivale a 40, 50 o 60 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en 2026 se ubica en 117.31 pesos diarios. Esto se traduce en montos que van de:
- $4,692.40 (40 UMA)
- $5,865.50 (50 UMA)
- $7,038.60 (60 UMA), el tope de la sanción
A esto se suma la resta de hasta 6 puntos en la licencia de conducir y la posibilidad de que la unidad sea remitida de inmediato al depósito vehicular, dependiendo de las circunstancias en las que se detecte la infracción. La medida aplica tanto para automovilistas como para motociclistas que invadan el carril confinado.



