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En Colombia, la renovación de la licencia de conducir está sujeta a estrictos controles médicos que buscan garantizar la seguridad vial.

El Ministerio de Transporte estableció que ciertas enfermedades y condiciones de salud pueden impedir que los conductores obtengan o renueven su permiso, protegiendo así tanto a los conductores como a terceros en las vías.

Entre las condiciones que más preocupan se encuentran la epilepsia con crisis recurrentes, la diabetes con riesgo de hipoglucemia severa, problemas visuales o auditivos graves y enfermedades cardiovasculares no controladas.

Estas medidas se aplican conforme a la Resolución 0217 de 2014, que fija los protocolos médicos y psicológicos que los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) deben seguir antes de aprobar una licencia.

Estas enfermedades impiden renovar la licencia de conducir

Las licencias de conducción solo pueden renovarse si el conductor cumple con los requisitos de aptitud física, mental y de coordinación motriz establecidos por el Ministerio de Transporte. Estas condiciones están reguladas por la Resolución 0217 de 2014, la cual fija los protocolos médicos y psicológicos que deben aplicar los Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) antes de aprobar una renovación.

Según esta normativa, hay enfermedades y trastornos que pueden inhabilitar o restringir la capacidad de conducir un vehículo, entre ellas:

Los exámenes médicos determinan si un solicitante está apto para renovar la licencia.
Los exámenes médicos determinan si un solicitante está apto para renovar la licencia.

Epilepsia o trastornos neurológicos con crisis recurrentes

Las personas que sufran convulsiones frecuentes o no controladas con medicación no pueden renovar la licencia, ya que representan un riesgo de pérdida súbita del control del vehículo.

Diabetes con riesgo de hipoglucemia severa

Si un conductor presenta episodios de descompensación metabólica o pérdida de conciencia por niveles bajos de glucosa, el examen médico puede determinar que no está apto para manejar.

Trastornos psiquiátricos graves

Enfermedades mentales que afecten la percepción, la concentración o el juicio también pueden ser motivo de negación o restricción.

Problemas visuales o auditivos severos

Los conductores con visión por debajo de los límites mínimos establecidos o pérdida auditiva profunda pueden ver restringido su permiso de conducción.

Enfermedades cardiovasculares no controladas

Casos como arritmias graves, insuficiencia cardíaca o hipertensión descompensada son evaluados individualmente por los especialistas del CRC.

Trastornos del sueño

Condiciones como la apnea obstructiva del sueño, que genera somnolencia diurna excesiva, pueden llevar a una inhabilitación temporal o permanente.

Qué dice la Resolución 0217 de 2014 del Ministerio de Transporte

La Resolución 0217 de 2014 establece los rangos de evaluación que los médicos deben utilizar para determinar si una persona está en condiciones de conducir. Allí se definen las categorías de aptitud, que pueden ser:

  • Apto sin restricciones.
  • Apto con restricciones (por ejemplo, conducción solo de día o con lentes correctivos).
  • No apto temporalmente, hasta que la condición médica mejore.
  • No apto permanente, cuando el riesgo de pérdida de control sea alto e irreversible.

Además, los CRC están obligados a reportar electrónicamente los resultados de los exámenes al Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), para impedir la emisión de licencias fraudulentas o no autorizadas.

El Ministerio de Transporte establece los protocolos y rangos de evaluación médica para garantizar la seguridad vial.
El Ministerio de Transporte establece los protocolos y rangos de evaluación médica para garantizar la seguridad vial.

Cómo se determina la aptitud para conducir en Colombia

Todo conductor que renueve su licencia debe realizar exámenes de:

  • Visión y audición.
  • Coordinación motriz y reflejos.
  • Evaluación médica general.
  • Examen psicológico.

El resultado final depende del dictamen médico, que se realiza conforme a los protocolos del Ministerio de Transporte. Si el conductor presenta una enfermedad controlada y el médico considera que no compromete la seguridad vial, puede otorgarse una licencia con restricciones o por un periodo más corto.