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Los documentos esenciales para la mayoría de las personas que desean ingresar a Estados Unidos son la visa americana y el pasaporte, los cuales son requeridos por las autoridades migratorias antes de permitir la entrada al país.
Sin embargo, los ciudadanos mexicanos que cumplan con los requisitos para obtener una Tarjeta de Cruce Fronterizo (BCC) y que viajen por tierra, barco de placer o ferry directamente desde México hacia Estados Unidos, no necesitarán presentar ninguna otra identificación.
El BCC también puede ser utilizado para viajar en avión o por barcos que arriben a puertos extranjeros; no obstante, en tales situaciones será imperativo presentar un pasaporte válido junto con la BCC.
Estados Unidos permitirá que entren legalmente al país todos los que presenten este documento
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) señala que la BCC es una tarjeta laminada que integra tecnología avanzada, permitiendo a las autoridades verificar la identidad de su portador.

En términos generales, este documento tiene una validez de 10 años, durante los cuales puede ser utilizado para realizar múltiples viajes. Además, permite a los mexicanos que la presenten quedarse en el país por períodos cortos, siempre que el motivo esté justificado bajo los propósitos de turismo o negocios.
Requisitos para tramitar el ingreso legal sin visa a Estados Unidos
Para obtener este documento, es esencial satisfacer ciertos requisitos fundamentales:
- Demostrar vínculos sólidos con México que sean considerados motivos suficientes para regresar.
- Cumplir con los estándares de elegibilidad para la visa B1 o B2.
- Ser mexicano y residir en México al momento de la tramitación.
El trámite se realiza en la Embajada de Estados Unidos en México o en el consulado más cercano.
Guía completa para la entrada legal a Estados Unidos: datos clave para quienes gestionan este trámite
Quienes posean un BCC y accedan por vía terrestre o marítima tendrán la autorización para visitar la “zona fronteriza” por un máximo de 30 días. Las áreas permitidas son:
- California: menos de 40 km de la frontera
- Arizona: menos de 120 km de la frontera
- Nuevo México: dentro de 88 km de la frontera o hasta la interestatal 10, lo que se encuentre más al norte
- Texas: menos de 40 km de la frontera





