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La Ley de Alquileres, vigente en la mayoría de los estados de Estados Unidos bajo la garantía de habitabilidad, autoriza al inquilino a exigir la reparación del calefactor o el aire acondicionado cuando dejan de funcionar. Si el propietario no responde, el inquilino puede suspender el pago del alquiler hasta que se resuelva el desperfecto.

La protección surge de la garantía implícita de habitabilidad, un principio reconocido por los códigos de vivienda de la mayoría de los estados. Establece que toda propiedad en alquiler debe mantenerse en condiciones seguras y funcionales durante todo el contrato.

¿Qué exige la Ley de Alquileres ante una falla de calefacción o aire acondicionado?

Cuando el sistema de calefacción o aire acondicionado deja de funcionar, el inquilino debe notificar por escrito al propietario y otorgarle un plazo razonable para resolver el problema. Ese aviso formal es el paso que habilita cualquier reclamo posterior.

Si el propietario no actúa dentro del plazo, el inquilino puede suspender el pago del alquiler o contratar la reparación y descontar el costo de la próxima cuota. El procedimiento exacto varía según el estado, por lo que conviene revisar la normativa local antes de aplicarlo.

Los pasos habituales para ejercer este derecho incluyen:

  • Notificar el desperfecto por escrito al propietario.
  • Conservar una copia del aviso con fecha.
  • Esperar el plazo que fija la ley del estado.
  • Documentar la falta de respuesta antes de actuar.
Si el propietario no responde, el inquilino puede suspender el pago del alquiler hasta que se resuelva el desperfecto.
Si el propietario no responde, el inquilino puede suspender el pago del alquiler hasta que se resuelva el desperfecto.

¿Cómo afecta esto al inquilino y qué pasa si el propietario no responde?

El inquilino que sigue el procedimiento correcto queda protegido frente a una eventual disputa: la ley prohíbe que el propietario lo desaloje en represalia por reclamar una reparación. Ese resguardo legal es central para ejercer el derecho sin riesgo.

Si el conflicto no se resuelve, el inquilino puede recurrir a una corte de reclamos menores para exigir el reembolso o la reparación. El propietario, por su parte, puede impugnar el reclamo si considera que no se cumplieron los pasos previos.