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El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) reclasificó errores frecuentes del Formulario I-9 —el trámite que verifica la identidad y autorización de trabajo de cada empleado en Estados Unidos— como violaciones graves con multas inmediatas de entre u$s 288 y u$s 2.861 por formulario.
El cambio elimina el período de corrección de 10 días que durante casi tres décadas protegió a los empleadores frente a fallas administrativas.
La medida entró en vigencia el 16 de marzo de 2026, cuando ICE actualizó sin previo aviso su hoja informativa sobre inspecciones del Formulario I-9, dejando sin efecto disposiciones clave del memorando Virtue de 1997. No hubo aviso en el Registro Federal, ni consulta pública, ni comunicado oficial.
¿Qué errores en el Formulario I-9 generan multas inmediatas?
La actualización convierte en violaciones sustantivas —sin opción de corrección durante una inspección— más de diez errores que antes eran considerados técnicos y corregibles.
Entre los más comunes: falta de fecha de nacimiento o firma con fecha del empleado en la Sección 1, ausencia del número de extranjero o USCIS cuando corresponde, datos incompletos del empleador en la Sección 2 aunque se conserven copias de documentos y fallas en la verificación remota de identidad para empleadores inscritos en E-Verify.
Errores que aún tienen 10 días para corregirse
ICE mantuvo como violaciones técnicas —con ventana de corrección— una lista acotada que incluye: no registrar el número de Seguro Social en la Sección 1, omitir el nombre completo en el encabezado de la página 2, no registrar un cambio de nombre en el Suplemento B, o usar una versión desactualizada del formulario al momento de la contratación.

¿Cuánto pueden pagar los empleadores y qué deben hacer ahora?
Las multas se calculan por formulario. Una empresa con 200 expedientes con errores antes corregibles podría enfrentar sanciones de entre u$s 57.600 y u$s 572.200, sin contar infracciones por contratación irregular, que tienen penalidades aún más altas.
La única vía para reducir el riesgo es actuar antes de recibir una Notificación de Inspección: corregir formularios una vez iniciada la inspección no reduce la responsabilidad ni las multas.
Documentar internamente las correcciones es, además, la evidencia más sólida de buena fe ante una eventual evaluación de penalidades.
Pasos concretos para los empleadores
- Auditar los formularios I-9 a la brevedad, especialmente los revisados bajo criterios anteriores.
- No usar copias de documentos para suplir datos faltantes en la Sección 2: ya no es práctica reconocida.
- Verificar los sistemas electrónicos de registro I-9 frente a los estándares de seguridad del Departamento de Seguridad Nacional.
- Confirmar el uso correcto del procedimiento alternativo de verificación remota y la inscripción activa en E-Verify al momento de cada verificación.
- Recapacitar a los responsables de completar formularios con los criterios actualizados.




