

Es un hecho, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP, en conjunto con el Servicio de Administración Tributaria, SAT, anunciaron las fechas límites para presentar la Declaración Anual 2025 Empresas. Quienes no cumplan con los plazos estipulados, se enfrentarán a multas y sanciones por parte del ente regulador del Gobierno de México.
¿La consigna? Cumplir a tiempo con la Declaración Anual 2025 de la empresa. Si tienes eres dueño de una empresa, recuerda que estás en la obligación de presentar tu declaración. En el caso de las sociedades en periodo de liquidación, la fecha límite para hacerlo es el 19 de enero del 2026.
- Organizaciones sin fines de lucro: fecha límite 16 de febrero del 2026
- Régimen General, RESICO y otros regímenes: fecha límite 31 de marzo del 2026

¿Qué declaran las personas morales ante el SAT en la Declaración Anual 2025?
En el caso de las sociedades en liquidación, el SAT enfatiza que: “El ejercicio fiscal termina anticipadamente y se debe generar un ejercicio por el tiempo que la sociedad esté en liquidación, de conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Fiscal de la Federación”.
Lo que deben informar:
- Ingresos
- Deducciones
- Impuestos retenidos
- Pagos realizados
- Otra información correspondiente al ejercicio fiscal 2025
“Para presentar la declaración Del ejercicio por liquidación, es necesario realizar antes la declaración Del ejercicio por terminación anticipada”, subrayó el SAT.

Periodo de liquidación ante el SAT
Cuando una sociedad entra en liquidación, el ejercicio fiscal concluye de forma anticipada. El SAT señala que “se debe generar un ejercicio por el tiempo que la sociedad esté en liquidación”, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Fiscal de la Federación.
Durante este periodo, la empresa mantiene obligaciones fiscales vigentes. La autoridad advierte que “la liquidación no exime del cumplimiento de declaraciones”, por lo que ingresos, deducciones e impuestos deben reportarse correctamente mientras dure el proceso.
Declaración del ejercicio por terminación anticipada
El SAT establece que “para presentar la declaración del ejercicio por liquidación, es necesario realizar antes la declaración del ejercicio por terminación anticipada”. Este trámite permite cerrar formalmente el ejercicio fiscal previo al inicio de la liquidación.
Omitir esta declaración puede generar inconsistencias fiscales. La autoridad recalca que su presentación es obligatoria y previa, ya que de lo contrario “no será posible cumplir correctamente con las obligaciones posteriores”.
Multas del SAT por incumplir con la declaración anual
El SAT advierte que los contribuyentes que no presenten la declaración anual o lo hagan fuera de plazo “pueden ser acreedores a sanciones económicas”. Las multas oscilan entre 17 mil 330 pesos y 173 mil 230 pesos, según el Comunicado SAT 20-2025.
Además de las multas, el SAT puede “restringir o cancelar el Certificado de Sello Digital”, lo que impide emitir facturas. El SAT subraya que estas medidas aplican cuando el incumplimiento no es corregido oportunamente.



