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Los jubilados y pensionados que enfrentan deudas fiscales deben prestar atención al comunicado del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las autoridades han emitido un aviso relevante sobre la posibilidad de embargar cuentas bancarias durante el mes de junio.

El SAT recordó a través de su sitio web oficial que tiene el permiso para llevara cabo embargos de cuentas bancarias no solo en junio, sino en cualquier momento del año, cuando un contribuyente presenta adeudos fiscales. Esta acción está respaldada por el Código Fiscal de la Federación (CFF) y forma parte del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE).

Intervenciones del SAT. Fuente: archivo.
Intervenciones del SAT. Fuente: archivo.


Sin embargo, en el caso de jubilados y pensionados, es posible que sus pensiones no puedan ser embargadas, siempre que se trate únicamente de los recursos provenientes de dicha prestación.

Es oficial | El SAT inspeccionará cuentas bancarias y aplicará embargo a quienes incumplan esta condición (foto: archivo).
Es oficial | El SAT inspeccionará cuentas bancarias y aplicará embargo a quienes incumplan esta condición (foto: archivo).

¿Cuándo puede el SAT embargar cuentas bancarias?

Si no presentaste un medio de defensa en su momento y tienes deudas fiscales, o si la resolución legal definitiva ha sido favorable al SAT, la autoridad puede proceder al cobro forzoso.

En este contexto, se solicita a las instituciones bancarias que congelen y transfieran los fondos a nombre del titular, hasta saldar el total de la deuda actualizada, que incluye recargos, multas y gastos derivados del proceso de ejecución.

¿Cuáles son las cuentas que están protegidas de embargos?

Según el Código Fiscal de la Federación, el organismo fiscal no está facultado para embargar las cuentas bancarias en las que los adultos mayores reciben su pensión, aun cuando existan adeudos fiscales. Esta disposición representa una protección legal explícita que garantiza que dichos recursos se cobren de forma completa, sin ser intervenidos por autoridades fiscales.

No obstante, si las personas jubiladas o pensionadas cuentan con ingresos adicionales depositados en otras cuentas distintas a las que reciben su pensión, estos recursos sí pueden ser embargados. Por ello, ante la existencia de adeudos, lo recomendable es cumplir con las obligaciones fiscales para evitar posibles sanciones.

¿Cuáles son los pasos para levantar un embargo de cuenta bancaria?

En caso de que el SAT lleve a cabo un embargo que afecte la pensión, se sugiere que el titular de la cuenta bancaria acuda a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON).

Este organismo puede brindar asesoría, actuar como intermediario y, si es necesario, iniciar procesos legales en defensa del contribuyente, especialmente cuando se ve comprometido un ingreso esencial para su sustento.