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La Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla como día de descanso obligatorio para los trabajadores aquellas fechas consideradas como feriado nacional. En tales conmemoraciones, los empleados tienen derecho a no prestar servicio laboral y en caso de que lo hagan, recibir un pago extra.

El mes de marzo tendrá un feriado nacional en reconocimiento al natalicio de Benito Juárez el 21 de marzo de 1806. En el calendario nacional, la fecha se corre para garantizar unfin de semana largo de tres días para los trabajadores.

El próximo día de descanso obligatorio será ellunes 17 de marzo, el cual es considerado como inhábil, por lo que no habrá actividad bancaria, ni clases.

Cuánto deben pagar por trabajar en día feriado

La LFT determina en su artículo 74 cuáles son los días de descanso obligatoriopara los empleados de todo el país. Los mismos son feriados o fechas festivas que tienen por objeto que las y los trabajadores celebren con libertad, las festividades cívicas o religiosas que se recuerdan.

Confirman feriado en marzo y habrá fin de semana largo de tres días. Fuente: archivo
Confirman feriado en marzo y habrá fin de semana largo de tres días. Fuente: archivo

De acuerdo a la normativa vigente, en 2025 son nueve fechas declaradas como feriados nacionalesdurante las cuales los trabajadores tienen derecho a no laborar. Marzo tiene previsto un fin de semana largo para los trabajadores de todo el país.

Los Días de Descanso Obligatorio son aquellos que no son laborables y las personas trabajadoras deben recibir su salario diario, más uno doble. Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.

Estos son todos los feriados del 2025 con pago triple

  • El 1o. de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • El 1o. de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El 25 de diciembre
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.