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El Servicio de Administración Tributaria, SAT, informó que los contribuyentes que registren saldo a favor o pagos indebidos pueden solicitar la devolución de su dinero mediante un trámite en línea, simplificando el proceso. Si este es tu caso, las autoridades publicaron el proceso detallado de cómo recuperar el dinero.

A través del Formato Electrónico de Devolución, las personas físicas y morales pueden dar seguimiento a su solicitud y recuperar recursos o dinero que en su momento fue pagado al SAT, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal.

El SAT devuelve dinero en estos casos
El SAT devuelve dinero en estos casos

¿En qué casos puedes solicitar la devolución de tu dinero?

Hacienda y el SAT detallaron que existen múltiples escenarios en los que los contribuyentes pueden acceder a la devolución de impuestos, dependiendo del tipo de saldo a favor o pago realizado.

  1. Devolución del ISR
  2. Devolución del IVA
  3. Devolución del IVA sector agropecuario
  4. Devolución del IVA en productos destinados a la alimentación
  5. Devolución del IVA en medicinas de patente
  6. Devolución del IVA en periodo preoperativo
  7. Devolución del IEPS por diésel o biodiésel (empresas)
  8. Devolución por otras contribuciones o resoluciones
  9. Devolución por pago indebido de IVA en plataformas tecnológicas
  10. Devolución por pago indebido de ISR en plataformas tecnológicas
  11. Reintegro a turistas extranjeros por IVA

Para acceder a estos beneficios, es indispensable contar con RFC, contraseña o e.firma, además de un estado de cuenta vigente que incluya la CLABE interbancaria activa.

Aprobado el embargo de cuentas bancarias: irán contra los jubilados que no cumplan con este requisito (foto: archivo).
Aprobado el embargo de cuentas bancarias: irán contra los jubilados que no cumplan con este requisito (foto: archivo).

¿Qué requisitos debes cumplir y cómo dar seguimiento?

El trámite también exige cumplir con requisitos básicos como identificación oficial vigente y documentación específica según el tipo de devolución solicitada, conforme a las fichas 70/CFF y 71/CFF.

  • Contar con Contraseña o e.firma
  • Estado de cuenta reciente con CLABE activa
  • RFC visible en documentos bancarios
  • Identificación oficial vigente
  • Documentación adicional según el trámite
  • Acceso al Buzón Tributario
  • Confirmación de cuenta bancaria activa
  • Adjuntar archivos en formato PDF
  • Validar información antes de enviar
  • Dar seguimiento en el portal del SAT
  • Conservar acuse de recibo electrónico

En caso de errores en la cuenta bancaria, el SAT permite corregir la CLABE mediante el Buzón Tributario, siempre que el contribuyente adjunte su estado de cuenta y confirme la actualización con su e.firma.