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Durante la Semana Santa, miles de trabajadores esperan recibir un pago adicional por laborar en días considerados festivos, puntualmente el jueves 2 y viernes 3 de abril. Sin embargo; según dio a conocer la Secretaría de Trabajo de CDMX, la Ley Federal del Trabajo establece estos días días no implican descanso obligatorio ni compensación extra.

En ese contexto, el Jueves Santo y el Viernes Santo no están contemplados dentro del calendario oficial de días de descanso obligatorio, por lo que las condiciones laborales quedan sujetas a acuerdos internos entre el trabajador y el patrón.

“De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el Jueves y Viernes Santo no son días de descanso obligatorio. Si trabajas estos días no te corresponde un pago extraordinario”, indicó tacitamente Trabajo CDMX.

Eliminan las horas extras en todo el país: el Gobierno da marcha atrás con las chambitas que daban más dinero a fin de mes (foto: archivo).
Eliminan las horas extras en todo el país: el Gobierno da marcha atrás con las chambitas que daban más dinero a fin de mes (foto: archivo).

¿Qué dice la ley sobre el descanso en Semana Santa?

De acuerdo con la normativa vigente, “el Jueves Santo (2 de abril) y el Viernes Santo (3 de abril) no son días de descanso obligatorio por ley”, por lo que no existe obligación de suspender actividades.

Esto significa que quienes trabajen en esas fechas no tienen derecho automático a recibir pago doble, ya que la ley no los reconoce como feriados oficiales con compensación adicional obligatoria.

Empresas pueden decidir si dan el día o pagan extra

La disposición también señala que “algunas empresas los otorgan como beneficio para su personal, de acuerdo con sus políticas internas, usos y costumbres”, lo que deja la decisión en manos del empleador.

Adiós al pago doble por feriados.
Adiós al pago doble por feriados.Gobierno de CDMX

La legislación establece: “Son días hábiles todos los del año con excepción de los sábados y domingos, los de descanso obligatorio”, confirmando que la suspensión depende exclusivamente del centro de trabajo.

El Gobierno de la CDMX recomienda a acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ubicada en San Antonio Abad 32, colonia Tránsito, Cuauhtémoc, para aclarar dudas o hablar algún caso puntual o personalizado sobre el pago de los feriados se Semana Santa.