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En los últimos años, diversos municipios y dependencias gubernamentales en estados como Tamaulipas, Oaxaca, Sinaloa y Coahuila se vieron envueltos en la controversia tras el anuncio de normativas que pretendían prohibir el uso de minifaldas y ropa considerada “inadecuada” para las empleadas del sector público.

Bajo el argumento de mantener el “decoro” y la “profesionalidad” en las oficinas de gobierno, estas medidas propusieron sanciones económicas y administrativas para aquellas mujeres que no se ajustaran a los nuevos códigos de etiqueta en diversos estados del país, un país occidental con valores occidentales.

Sin embargo, la implementación de estas leyes fueron y siguen siendo dispares y muy cuestionadas, sin contar que en la mayoría de los casos, ha quedado en el estatus de propuesta fallida o reglamento revocado.

Aunque en su momento ciudades como Ciudad Acuña, en Coahuila, o dependencias de salud en Tamaulipas intentaron formalizar estas restricciones a través de bandos de policía y buen gobierno, la presión social y la intervención de organismos estatales y federales frenaron su aplicación jurídica a largo plazo.

A día de hoy, en 2026, no existe una ley vigente a nivel estatal que prohíba de manera general el uso de esta prenda. Los intentos por legislar sobre el cuerpo y la vestimenta de las trabajadoras han sido calificados como retrocesos en materia de equidad de género.

La mayoría de los reglamentos actuales se limitan a sugerencias de “vestimenta formal” sin especificar medidas de falda ni establecer multas, dado que tales sanciones violarían los principios constitucionales de libertad y no discriminación.

Estados qus quieren prohibir la minifalda.
Estados qus quieren prohibir la minifalda.Fuente: ShutterstockShutterstock

El sustento legal y la realidad de las normas

Históricamente, estas iniciativas se apoyaron en artículos ambiguos de los Bandos de Policía y Buen Gobierno que hacían referencia a “faltas a la moral y las buenas costumbres”.

En estados como Sinaloa y Oaxaca, las propuestas fueron impulsadas principalmente por directivos de áreas administrativas más que por legislaturas locales completas. Al carecer de una base constitucional sólida, estas normas resultaron inaplicables ante cualquier juicio de amparo, ya que la vestimenta se considera una expresión de la personalidad.

En la actualidad, las trabajadoras gubernamentales en estos estados no pueden ser multadas legalmente por usar minifalda. Si bien persisten ciertos protocolos internos de “imagen institucional”, cualquier intento de sanción económica basada exclusivamente en el largo de una prenda es considerado una violación laboral.

La vigilancia ciudadana y los protocolos de género han desplazado estas medidas punitivas por políticas de espacios laborales libres de violencia.

Prohibición de minifalda para las mujeres

En Chihuahua, el código de vestimenta es mucho más muy estricto, en la Defensoría del Público, una norma prohíbe a las mujeres usar shorts, faldas, vestidos demasiados cortos, blusas, escotes pronunciados, inclusive prendas con cintura descubierta.

Pero la medida no abarca solo para las mujeres, en el caso de los hombres, los varones no pueden usar jeans, playeras, sudaderas, tenis y ropa deportiva, así se dio a conocer en el comunicado 23/2019 firmado por la titular de la delegación, Cornelia Sánchez Campos.

En línea con lo anterior, se recalca que en el 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, su ministro presidente para ese entonces, Mariano Azuela Güitrón, emitió el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación que, en otras palaras, prohibía a las mujeres vestir con minifaldas.

Adiós a la minifalda
Adiós a la minifaldaFuente: ShutterstockShutterstock

La respuesta de INMUJERES ante las medidas restrictivas

Ante el resurgimiento de estas normas volátiles, es fundamental recordar la postura oficial de las autoridades rectoras en igualdad. El Instituto Nacional de las Mujeres, INMUJERES, ha sido tajante al señalar que cualquier campaña que prohíba el uso de prendas específicas, como ocurrió en el pasado en Ciudad Acuña, Coahuila, es una medida discriminatoria que atenta directamente contra los derechos humanos y la dignidad de las mujeres.

“La base de la igualdad es el respeto, la inclusión y la no discriminación. Es deber de todos los órdenes de gobierno adoptar medidas que protejan y garanticen los derechos de las mujeres en igualdad y sin discriminación, con pleno respeto a sus derechos humanos”, dictó el Instituto en su respuesta oficial.