

Las personas adheridas al Monotributo Social deberán cambiar la forma de emitir sus comprobantes a partir del 1° de noviembre de 2026. Desde esa fecha, la factura electrónica será obligatoria y los comprobantes en papel quedarán reservados para situaciones excepcionales.
La medida fue establecida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mediante la Resolución General 5893/2026, que amplió el alcance de la obligación de utilizar sistemas electrónicos de facturación. El cambio también alcanzará a los trabajadores independientes incluidos en el Monotributo Promovido.
Cómo deberán facturar los monotributistas sociales desde noviembre
A partir del 1° de noviembre, los monotributistas sociales ya no podrán elegir libremente entre emitir una factura electrónica o utilizar un talonario impreso, de modo tal que la modalidad digital pasará a ser la regla para facturar en ARCA.
Los comprobantes manuales podrán utilizarse únicamente ante contingencias que impidan acceder temporalmente a los sistemas electrónicos. En esos casos, deberán contar con un Código de Autorización de Impresión (CAI) vigente.
Paso a paso para emitir una factura electrónica en ARCA
Los monotributistas sociales pueden generar sus comprobantes desde el sitio web del organismo recaudador. Para hacerlo, deben seguir estos pasos:
- Ingresar al sitio de ARCA con CUIT y Clave Fiscal.
- Acceder al servicio “Comprobantes en Línea”.
- Seleccionar el contribuyente que realizará la operación.
- Elegir el punto de venta habilitado para facturación electrónica.
- Iniciar la generación de un nuevo comprobante.
- Completar la fecha, el concepto y los datos de la operación.
- Ingresar la información del receptor cuando corresponda.
- Indicar el importe y verificar los datos cargados.
- Confirmar la emisión de la factura.
- Descargar o guardar el comprobante para entregárselo al cliente.

También podrán utilizar el Facturador de ARCA desde dispositivos móviles para emitir sus comprobantes.
Qué pasa si un monotributista social no tiene un punto de venta habilitado
La Resolución General 5893/2026 contempla a quienes todavía no cuentan con un punto de venta electrónico. En esos casos, ARCA podrá habilitarlo de oficio, asociado al domicilio fiscal declarado y al servicio “Comprobantes en Línea”, mediante la opción “Factura en línea – Monotributo”.
Luego, los contribuyentes podrán gestionar la incorporación de otros puntos de venta o modificar los existentes, según las necesidades de cada facturación.





