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La Dirección General de Tránsito (DGT) ha informado a los conductores que circulan por las calles y carreteras del país cuáles son los dispositivos que tienen prohibido utilizar mientras conduzcan un coche, patinete eléctrico, motocicleta o bicicleta.

Quienes no cumplan con dicha normativa podrían percibir multas que van desde los 200 euros, aunque podría obtener una reducción del 50% si se paga dentro de los 20 días posteriores a la notificación.

Alerta conductores: los dispositivos que tienen prohibidos utilizar en el coche (foto: archivo).
Alerta conductores: los dispositivos que tienen prohibidos utilizar en el coche (foto: archivo).

Las obligaciones que tienen los conductores, según la ley

El organismo liderado por Pere Navarro Olivella ha resaltado que el Real Decreto Legislativo 6/2015 sobre la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que también se resten puntos del carnet de conducir a las personas que violen la normativa.

Según especifica la ley, el conductor estará "obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción" para garantizar así su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.

Los dispositivos que tienen prohibido utilizar

Por otro lado, la ley aclara que está "prohibido conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción".

"Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos", detalla la ley.

Atención conductores: los dispositivos que no deberías utilizar en el coche si quieres evitar multas (foto: archivo).
Atención conductores: los dispositivos que no deberías utilizar en el coche si quieres evitar multas (foto: archivo).

Además, la DGT subrayó que no se considerará dentro de la prohibición la utilización de "dispositivos inalámbricos certificados u homologados" para los cascos de protección de los conductores de motocicletas cuando no afecten a la seguridad en la conducción.

Para finalizar, aclaran que se podrán establecer otras excepciones a las prohibiciones previstas y en los dispositivos que se consideren que disminuyen la atención del conductor conforme se produzcan los avances de la tecnología.