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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) intensificó los controles sobre el Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 y comenzó a enviar notificaciones a empleados en relación de dependencia y a sus empleadores.
El fisco detectó inconsistencias en las deducciones declaradas a través del sistema SIRADIG y en el Formulario F.1359, y ahora advierte que ciertas irregularidades podrían derivar en sanciones formales e incluso en la pérdida de beneficios para quienes se acogieron al Régimen Simplificado de Ganancias creado por la Ley de Inocencia Fiscal.
Qué es el SIRADIG y por qué es clave
El Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) es la plataforma digital mediante la cual los empleados en relación de dependencia informan a su empleador —actuante como agente de retención— todas las deducciones personales y gastos que pueden descontarse del impuesto. Entre ellos: cargas de familia, alquiler, cuotas de medicina prepaga, gastos médicos, indumentaria de uso laboral exclusivo e intereses de créditos hipotecarios, entre otros.
El empleador, a su vez, utiliza esa información para confeccionar el Formulario F.1359, que constituye la liquidación anual del impuesto y determina si corresponde efectuar una retención adicional o devolver importes retenidos en exceso durante el año.

Qué detectó ARCA y cómo lo hizo
ARCA activó un operativo de control basado en cruces sistémicos de información tributaria. El resultado arrojó dos grandes focos de inconsistencias:
1. Deducciones cuestionadas por empleados
El organismo detectó casos donde los montos declarados en concepto de indumentaria y equipamiento de uso laboral exclusivo resultarían inconsistentes respecto de la actividad o de los ingresos declarados.
Las notificaciones enviadas a los contribuyentes señalan: “Te sugerimos verificar que no haya ocurrido algún error al cargar los comprobantes”.
El fisco recordó además que no todos los gastos vinculados al trabajo son automáticamente deducibles. Entre los conceptos observados aparecen:
- Trajes, camisas, corbatas y zapatos de uso general;
- Carteras o portafolios;
- Maquillaje;
- Equipamiento tecnológico cuando no puede acreditarse un uso exclusivamente laboral.
La regla general es que solo pueden computarse gastos obligatorios, vinculados de manera directa con la actividad laboral y no reintegrados ni provistos por el empleador.
2. Empleadores que no practicaron retenciones
En paralelo, ARCA intimó a compañías que —en función de los sueldos abonados en 2025— deberían haber actuado como agentes de retención y no lo hicieron.
La comunicación oficial indica: “Se identificaron relaciones laborales que, debido a los montos de remuneraciones percibidas, resultarían alcanzadas por el régimen”.
El nuevo riesgo para quienes ingresaron al Régimen Simplificado
Este último capítulo de la fiscalización tiene una dimensión especialmente sensible para los aproximadamente 80.000 contribuyentes que se adhirieron al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG), creado por la Ley 27.799, conocida informalmente como Ley de Inocencia Fiscal.
El régimen permite declarar y pagar Ganancias bajo una modalidad simplificada y otorga beneficios especiales, entre ellos el denominado “tapón fiscal”, nombre con el que tributaristas describen el efecto liberatorio y la presunción de exactitud previstos en la normativa.
Sin embargo, adherirse al esquema no garantiza permanecer en él. Las notificaciones enviadas por ARCA advierten expresamente: “Tené en cuenta que si te adheriste o tenés previsto adherirte al Régimen Simplificado, estas inconsistencias, en caso de no ser regularizadas, podrían configurar una discrepancia significativa”.
En concreto, si las irregularidades detectadas en el SIRADIG o en el F.1359 constituyen una “discrepancia significativa”, el contribuyente podría ser excluido del régimen simplificado y perder los beneficios asociados.
Según especialistas tributarios, el principal riesgo económico no es solamente la pérdida de la simplificación administrativa, sino la eventual reapertura de fiscalizaciones bajo los plazos generales de prescripción tributaria.

Cuándo puede producirse una “discrepancia significativa”
La normativa contempla distintos supuestos que podrían derivar en la exclusión del régimen simplificado:
- Cuando el ajuste fiscal implique un incremento de impuestos a favor del organismo o una reducción de quebrantos o saldos a favor del contribuyente equivalente, como mínimo, al 15% de lo originalmente declarado.
- Cuando el ajuste supere el umbral previsto en el Régimen Penal Tributario.
- Cuando se detecten facturas apócrifas u operaciones inexistentes.
ARCA puede iniciar acciones de fiscalización si considera que existe una deducción improcedente. No obstante, antes de avanzar hacia una inspección formal, el organismo está privilegiando mecanismos de control electrónico y corrección espontánea.
En ese marco, especialistas tributarios señalan que los contribuyentes que rectifican voluntariamente antes del inicio de una fiscalización formal podrían mantener los beneficios previstos por el régimen simplificado.
ARCA vigila: a quiénes afectan las notificaciones
Las comunicaciones enviadas por ARCA apuntan principalmente a tres grupos:
- Empleados en relación de dependencia: deducciones en SIRADIG observadas por inconsistencias o conceptos improcedentes.
- Empleadores / Agentes de retención: falta de retenciones pese a remuneraciones alcanzadas
- Adherentes al Régimen Simplificado: inconsistencias que podrían configurar discrepancias significativas

Ignorar una intimación de ARCA puede derivar en distintas consecuencias administrativas y tributarias.
Infracciones formales
El organismo recordó que el incumplimiento de requerimientos electrónicos puede quedar alcanzado por las disposiciones de la Ley 11.683 vinculadas a incumplimientos formales.
Ajuste del impuesto, intereses y eventuales multas
Si las deducciones declaradas derivaron en una retención insuficiente, el contribuyente deberá rectificar la información presentada y abonar la diferencia de impuesto correspondiente, junto con intereses resarcitorios y eventuales sanciones.
Impacto en el perfil de riesgo fiscal
La falta de regularización también puede impactar negativamente en el perfil de riesgo tributario del contribuyente y derivar en futuras acciones de fiscalización.
Posible exclusión del Régimen Simplificado
Para quienes ingresaron al RSG, el principal riesgo es una eventual exclusión del régimen y la pérdida de los beneficios de estabilidad fiscal previstos por la normativa.
Qué hacer si recibiste una notificación de ARCA
Especialistas tributarios recomiendan:
- No ignorarla. Desatender un requerimiento electrónico puede acelerar el inicio de una fiscalización formal.
- Revisar el SIRADIG. Es importante verificar si hubo errores en la carga de comprobantes o conceptos improcedentes.
- Rectificar si corresponde. Si existe una inconsistencia, conviene corregir la presentación y regularizar el impuesto antes de una eventual fiscalización.
- Evaluar técnicamente la observación. Las comunicaciones enviadas por ARCA tienen inicialmente carácter inductivo. Si el contribuyente considera que la deducción está correctamente documentada y respaldada por la normativa, puede sostener su posición.
- Consultar a un contador. Especialmente en el caso de adherentes al Régimen Simplificado, donde una eventual exclusión puede tener consecuencias fiscales relevantes.
Estas notificaciones se enmarcan en una estrategia más amplia de fiscalización electrónica impulsada por ARCA durante 2026.
La digitalización de los controles tributarios permite al organismo cruzar automáticamente información declarada por contribuyentes, empleadores, entidades financieras y terceros obligados a informar operaciones.
A diferencia de los mecanismos tradicionales de inspección manual, el nuevo esquema apunta a detectar inconsistencias mediante alertas sistémicas y promover la corrección espontánea antes de avanzar hacia fiscalizaciones formales.
En paralelo, ARCA extendió recientemente los plazos para la presentación de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular mediante la Resolución General 5851/2026, en una medida orientada a facilitar la adhesión al nuevo Régimen Simplificado de Ganancias.






