

La Federación Nacional de Camioneros presentó ante la Justicia un amparo para dejar por fuera del pago del Impuesto a las Ganancias de los trabajadores bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 40/89.¿Qué consecuencias tendrá?
"Se solicita se dicte una medida cautelar de no innovar en los términos de los Art. 230 y conc. de C.P.C.C. destinada a obtener la protección del CCT 40/89 y de las remuneraciones de los trabajadores incluidos en su ámbito personal de aplicación", anunciaron desde el gremio que encabeza Pablo Moyano.
El Gobierno publicó finalmente el 22 de julio, en el Boletín Oficial, los cambios en el impuesto a las Ganancias aprobados dentro del Paquete Fiscal de la Ley Bases. A través del Decreto 652/2024, entraron en vigencia las últimas modificaciones del tributo, el único que falta tras la oficialización de la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.
La norma mantiene la baja del piso a $ 1,8 millones para solteros (unos $ 1.5 millones netos) y $ 2,2 millones para personas con dos hijos (1,95 millones netos) votada por el Congreso. Estos nuevos volares comenzarán a regir en julio, o sea, con los salarios que se cobrarán en el mes de agosto.
Entre los argumentos más fuertes que presentó el gremio están "la afectación del derecho a una remuneración justa" que se encuentra en la Convención de Americana de Derechos Humanos, Pacto de Derecho Económicos Sociales y Culturales, entre otros.
Asimismo, aseguraron que se afecta "el derecho a negociar colectivamente y concretar convenios colectivos de trabajo".
"Se plantea la aplicación del articulo 133 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), en cuanto establece un porcentaje máximo del 20% en forma conjunta de deducciones, retenciones o compensaciones aplicables sobre la remuneración", indicaron sobre el porcentaje de descuentos que por ley deberían recibir los trabajadores.
Desde el sindicato expresaron que dentro de la actividad que desarrollan perciben conceptos de carácter no remunerativo, que en rigor "tienen como compensar los gastos en que incurre el trabajador en el desempeño de sus tareas".
Entre estos gastos están los viáticos, la comida, la pernoctada, etc. Por este motivo, Camioneros advirtió que el artículo 70 del Título V de la Ley 27.743, deroga derechos adquiridos como el reconocimiento de "exenciones sobre determinados conceptos que habían sido previstos por la ley de impuesto a las ganancias del 2019".
"Ello vulnera gravemente el principio de progresividad y no regresividad", indicaron en la presentación judicial.
En esta línea, explicaron que a partir de la vigencia de la ley bases se toman en cuenta para el calculo de la retención del impuesto "la totalidad de horas extras", sin determinar cuales correspondes a aquellas trabajadas en fin de semana o día común y habitual de trabajo.
"Las horas extra serán consideradas en su computo para el salto de escala, pasando a incrementar el impuesto fijo y el variable (Alícuota)", afirmaron.
De esta manera advirtieron que la Ley Bases dejó fuera la exención del aguinaldo y los bonos de productividad.
"Se computa como base imponible la totalidad de las horas extras, movilidad y viáticos sin ningún tratamiento específico", señalaron desde un gremio en el cual estos cómputos son vitales.
Según Camioneros, se eliminan "abruptamente" derechos adquiridos con "lesión directa al principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos".
Finalmente, desde el gremio a cargo de Pablo Moyano denunciaron que el Impuesto a las Ganancias da "un trato dispar" entre trabajadores.
"Cabe destacar el trato dispar otorgado por la Ley a los trabajadores petroleros de boca de pozo con relación a los demás trabajadores cuyo contrato de trabajo reconoce las mismas fuentes de regulaciones", concluyeron.


