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La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) dispuso la baja de una reconocida obra social tras detectar una crítica situación económica que volvió inviable su continuidad y puso en riesgo la cobertura de sus afiliados.

La medida fue oficializada a través de la Resolución 551/2026, publicada en el Boletín Oficial, y establece la suspensión de la entidad junto con la reubicación de sus afiliados en otros agentes del seguro de salud, a fin de garantizar la continuidad de las prestaciones.

El Gobierno dio de baja una reconocida obra social

Luego de una evaluación integral, la Obra Social del Personal de la Industria del Fósforo, Encendido y Afines fue declarada en situación de crisis, al comprobarse un deterioro institucional, económico-financiero y de cobertura médico-asistencial.

OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL FÓSFORO, ENCENDIDO Y AFINES

Si bien la obra social había implementado un plan de contingencia para revertir la situación, este no logró cumplir su objetivo. Según se detalla en la resolución, la imposibilidad de superar la crisis terminó por comprometer “la garantía del pleno goce del derecho a la salud de la población beneficiaria”.

Qué pasará con los afiliados

Desde el Gobierno aclararon que el agente del seguro deberá comunicar a sus beneficiarios el inicio del procedimiento de baja, con el objetivo de garantizar el ejercicio pleno del derecho de libre elección.

Además, se aseguró que durante el proceso se mantendrá la continuidad de la cobertura prestacional, mientras los afiliados optan por otro agente del sistema de salud.

El Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud continuará a cargo del monitoreo del proceso de baja y liquidación de la entidad.

Qué medidas se tomaron

Entre las disposiciones adoptadas por la Superintendencia de Servicios de Salud se destacan:

  • El inicio formal del procedimiento de baja de la Obra Social del Personal de la Industria del Fósforo, Encendido y Afines.
  • La designación del doctor Alberto José Curci Castro, interventor de la entidad, para llevar adelante el proceso de liquidación administrativa o, de corresponder, promover la solicitud de quiebra.
  • La obligación de informar a la población beneficiaria sobre el inicio del procedimiento de baja, notificando el derecho de libre elección de otro agente del seguro de salud y garantizando la continuidad de la cobertura.
  • La asignación al Comité de Evaluación y Seguimiento de la supervisión del proceso de liquidación.
  • La registración, comunicación y notificación de la medida a los organismos correspondientes, así como su vinculación al expediente electrónico de origen.