

- 1. Se reemplaza el sistema tutelar por un proceso penal con juicio formal
- 2. La edad de imputabilidad baja a los 14 años
- 3. Cambia el alcance para jóvenes de 16 a 18 años
- 4. Se garantizan derechos constitucionales y defensa especializada
- 5. La prisión será excepcional y solo para delitos graves
- 6. Se amplía el catálogo de penas alternativas
- 7. Se fija un máximo de 15 años y se prevé alivio tras dos tercios de la pena
- 8. Se regulan las condiciones de detención y alojamiento
- 9. Se asigna presupuesto para implementar el nuevo régimen
La Cámara de Diputados dio media sanción este jueves al proyecto de reforma del Régimen Penal Juvenil, una iniciativa que modifica de manera estructural el sistema vigente desde 1980 para regular los procesos penales de menores de edad.
La propuesta, impulsada por el gobierno de Javier Milei, obtuvo 149 votos afirmativos frente a 100 negativos y ahora deberá ser tratada por el Senado.
El texto deroga las leyes 22.278 y 22.803 y propone un nuevo marco normativo. El oficialismo sostiene que la normativa vigente quedó desactualizada frente a nuevas modalidades delictivas y que la reforma fija criterios más definidos en materia de punibilidad y sanciones.
Punto por punto, cuáles son los ejes centrales del proyecto y que significan en la práctica.
1. Se reemplaza el sistema tutelar por un proceso penal con juicio formal
El régimen vigente desde 1980 respondía a un modelo tutelar. En ese esquema, los menores de 16 años eran inimputables, pero el juez podía intervenir bajo criterios de protección o corrección y disponer internaciones en institutos sin un proceso penal completo.
No se trataba de un juicio con acusación formal, debate probatorio y condena en sentido estricto, sino de una intervención judicial con amplio margen de discrecionalidad.
La reforma elimina ese esquema y establece que, si un adolescente es imputado, deberá atravesar un proceso penal formal: investigación fiscal, derecho de defensa desde el inicio, producción de prueba y sentencia fundada.
2. La edad de imputabilidad baja a los 14 años
El nuevo texto fija la punibilidad desde los 14 años.
Hasta ahora, los menores de 16 no podían ser sometidos a un proceso penal con condena. Con la reforma, adolescentes de 14 y 15 años podrán ser juzgados bajo un régimen específico, con límites diferenciados en materia de sanciones.
3. Cambia el alcance para jóvenes de 16 a 18 años
En el régimen actual, los adolescentes de 16 y 17 años solo son punibles cuando el delito tiene una pena mínima superior a dos años de prisión.
El proyecto eleva ese umbral a tres años para habilitar prisión efectiva, modificando así el estándar que permite el encierro en ese tramo etario.

4. Se garantizan derechos constitucionales y defensa especializada
El texto establece que desde el inicio del proceso penal y hasta su finalización, el adolescente gozará de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos.
Además, deberá contar desde el primer acto del procedimiento con asistencia legal eficaz e idónea, lo que implica defensa técnica especializada durante todo el proceso y en la etapa de ejecución de la pena.
5. La prisión será excepcional y solo para delitos graves
La pena privativa de la libertad quedará reservada para delitos graves o muy graves, como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros.
El proyecto prohíbe expresamente la prisión perpetua y la reclusión perpetua para personas menores de 18 años.
6. Se amplía el catálogo de penas alternativas
Cuando el delito o concurso de delitos tenga una escala de hasta 3 años de prisión, o bien hasta 10 años pero sin muerte, sin violencia física o psíquica grave o en casos culposos, el juez deberá aplicar o podrá optar por sanciones alternativas.
Entre las medidas previstas se incluyen:
- Amonestación judicial.
- Prohibición de contacto con la víctima o su familia.
- Prohibición de concurrir a determinados lugares.
- Prohibición de salida del país.
- Prestación de servicios a la comunidad.
- Monitoreo electrónico.
El criterio central es que el encierro deje de ser la respuesta automática y quede reservado para los supuestos más graves, priorizando medidas de supervisión, reparación y formación.
7. Se fija un máximo de 15 años y se prevé alivio tras dos tercios de la pena
El plazo máximo de las penas privativas de la libertad será de 15 años, incluso cuando la escala penal pudiera resultar más elevada por concurso real de delitos.
Además, cuando el adolescente condenado haya cumplido dos tercios de la pena y se verifiquen las condiciones previstas en el Código Penal para la libertad condicional, el tribunal podrá disponer que el resto del castigo se cumpla mediante sanciones alternativas.

8. Se regulan las condiciones de detención y alojamiento
La detención deberá hacerse efectiva en dependencias específicamente acondicionadas para adolescentes, con infraestructura y régimen diferenciados del sistema penitenciario común.
Queda prohibido su alojamiento junto a personas mayores de edad, garantizando una separación estricta y condiciones acordes a su edad y etapa de desarrollo, en línea con estándares internacionales de justicia juvenil.
9. Se asigna presupuesto para implementar el nuevo régimen
Para implementar el nuevo esquema se prevé una asignación estimada en $ 23.739.155 millones. La mayor parte -más de $ 20.000 millones- serán adjudicados a la Defensoría General de la Nación, con el objetivo de fortalecer la defensa pública especializada y asegurar asistencia técnica desde el inicio de cada proceso.
El proyecto también habilita a las provincias a celebrar convenios con el Estado nacional para financiar la adecuación de sus estructuras judiciales, la creación o adaptación de dispositivos de alojamiento diferenciados y la capacitación de equipos interdisciplinarios.
En términos operativos, la implementación efectiva del régimen dependerá de esa coordinación federal y de la capacidad de cada jurisdicción para adaptar su infraestructura y equipos técnicos.



