La amplia mayoría de las empresas encuentra mejoras en la seguridad jurídica, en especial en lo vinculado a los juicios laborales.
Aunque hubo dudas sobre la utilidad del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), los asesores de las empresas creen que si puede ser útil para las pymes que deben afrontar los costos de indemnización con recursos que a veces no tienen.
También confían en que puede reducir la litigiosidad al determinar claramente el marco de cobertura de accidentes, horas extras por el banco de horas y su cobertura, la flexibilización de las vacaciones, entre otros.
Desde la Unión Industrial Argentina (UIA) destacaron 13 puntos que consideran beneficiosos, en particular para las pymes y para la generación de empleo.
Gobernanza interna. La UIA sostiene que la ley fija reglas claras sobre la actuación sindical dentro de las empresas. “Limita a 10 horas la gestión sindical, acota la protección exclusivamente al delegado y ordena el funcionamiento de las asambleas”.
Según la entidad industria, reduce el “conflicto permanente” en las plantas, “especialmente en PyMEs donde el impacto de estas situaciones es mucho mayor”.
Previsibilidad para las indemnizaciones. La norma fija criterios taxativos a los conceptos que se incluyen en el cálculo de indemnización por despido. El texto excluye ítems como bonos, vacaciones, aguinaldo, así como beneficios que dan algunas empresas como auto o celular.
“También se fijan parámetros objetivos para la actualización de las indemnizaciones, evitando discrecionalidad judicial y montos imprevisibles”, agregaron. Es que el texto determina que la actualización será por la inflación que informe el Indec más 3% anual.
Desde la UIA señalaron que “todo esto genera mayor previsibilidad en los costos laborales y permite a las empresas planificar sin la incertidumbre que generaba la litigiosidad”.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL). El Fondo, consideraron, le permite a las PyME contar con un “fondo específico para afrontar estos costos, con indemnizaciones más controladas y sin el impacto financiero repentino que generaban los despidos en el sistema anterior”.
La ley crea el Fondo con el cual las empresas aportarán un 2,5% sin son PyME y un 1% si son grandes a un instrumento financiero que genera rentabilidad para cubrir los despidos. Los aportes los hace el empleador, quien tiene acceso a la cuenta, y habilita el envío de los fondos una vez terminada la relación laboral.
Los porcentajes, agregaron, “reflejan aproximadamente lo que las empresas gastan anualmente en indemnizaciones”.
Baja de la litigiosidad y orden judicial. La ley fija criterios de actualización unificados para las indemnizaciones, algo que antes era determinado por cada juzgado y generaba divergencias en las sentencias e incertidumbre a la hora de ver en qué distrito correspondía el juicio. Para la entidad, esto además elimina distorsiones y establece cambios en el proceso judicial laboral para mejorar su funcionamiento.
“Esto apunta a reducir la incertidumbre, los montos desproporcionados y los incentivos a la judicialización, que fueron uno de los principales problemas del sistema anterior”, marcaron.
Bloqueos. La entidad celebra la creación de instrumentos legales contra los bloqueos y tomas de plantas, “situaciones que afectaban gravemente la producción, especialmente en empresas de menor escala que no tenían capacidad de resistir conflictos prolongados”.
Ultraactividad. La eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, que mantenía la vigencia de los actuales aunque no se lograra un acuerdo en las negociaciones colectivas, consideran que “es un incentivo real para negociar condiciones laborales acordes a los nuevos contextos productivos”.
Facultades de organización del empleador para organizar el trabajo, asignar tareas o estructurar la empresa, según las necesidades productivas de la compañía. “Esto devuelve una atribución básica del empresario, que en el régimen anterior había quedado fuertemente limitada por regulaciones, interpretaciones judiciales y conflictos internos”, marcaron.

Huelga. La determinación de qué actividades son consideradas como esenciales y de las actividades continuas da “garantías a sectores donde las interrupciones generan pérdidas productivas irreversibles”.
Licencias y ausentismo. La ley transparenta los mecanismos de control de certificados y licencias, “reduciendo los abusos y el ausentismo injustificado”. Además, consideran que se elimina el incentivo económico a faltar sin causa, ya que quien no trabaja no percibe la remuneración correspondiente.
Banco de horas. La regulación de esta modalidad permite “ordenar la jornada laboral de acuerdo a las necesidades productivas, evitando costos adicionales innecesarios y generando herramientas de adaptación”. El banco de horas limita la incidencia de las horas extras, ya que las mismas podrán ser compensadas con francos.
Tercerización. La norma limita el principio de responsabilidad solidaria de las tercerizaciones. “Cuando la empresa principal verifica que el proveedor cumple con todas las normas laborales, deja de ser responsable por indemnizaciones de terceros. Esto brinda seguridad jurídica a sectores como el textil, donde la sub-contratación es parte estructural del proceso productivo”.
Incentivos a la formalización y baja de costos. Desde la UIA destacaron la baja de contribuciones y otros instrumentos orientados a bajar el costo laboral no salarial. “Estas medidas apuntan a estimular la creación de empleo formal y reducir la informalidad, especialmente en las PyMES”.
Flexibilización de vacaciones. La UIA destacó que “ se podrá acordar disponer de las vacaciones fuera del período vacacional (1 de octubre al 30 de abril) y se podrá acordar fraccionarlas en tramos no menores a siete días.






