

Las autoridades aeroportuarias de Estados Unidos exigen a todos los pasajeros que deseen abordar vuelos nacionales la presentación de un documento aceptable para la Ley Real ID, como una licencia de conducir válida o un pasaporte.
En ese marco, la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) especifica en su sitio web oficial la lista oficial de credenciales que las autoridades consideran válidas para constatar la identidad del viajero, señalando el período de vencimiento con el que pueden utilizarse para este fin.
Documentos que pueden presentarse y fecha límite de vencimiento
De acuerdo con la agencia federal, los documentos enlistados a continuación pueden presentarse con un vencimiento de hasta 2 años para vuelos nacionales
- Licencia de Conducir Mejorada emitida por el Estado
- Pasaporte de EE.UU.
- Tarjeta de pasaporte de EE.UU.
- Tarjeta de viajero de confianza del DHS
- Identificación del Departamento de Defensa de EE.UU. incluidas las identificaciones emitidas a dependientes
- Tarjeta de residente permanente
- Tarjeta de cruce fronterizo
- Identificación con foto aceptable metida por una nación tribal/tribu nativa reconocida por el gobierno federal
- Tarjeta PIV HSPD-12
- Pasaporte emitido por un gobierno extranjero
- Licencia de conducir provincial canadiense o tarjeta de Asuntos Nativos y del Norte de Canadá
- Credencial de identificación del trabajador del transporte
- Tarjeta de Autorización de Empelo del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (l-766)
- Credencial de marino mercante de EE.UU.
- Tarjeta de Identificación de Salud para Veteranos (VHIC)
También se aceptan identificaciones digitales, como Apple ID, Clear ID o Google Pass ID.

Por qué Estados Unidos exige que se presenten estos documentos
La seguridad es el principal motivo detrás de esta decisión. Todos los documentos avalados por la agencia federal comparten los mismos estándares de seguridad al momento de su emisión, independientemente del estado que los otorgue.
En este proceso destaca la aplicación de tecnología contra falsificación, la prevención del fraude interno y la utilización de pruebas documentales y registros para verificar la identidad de quien solicite el documento.
Desde el 1 de febrero, quienes no puedan constatar su identidad, deberán pagar una multa de 45 dólares por realizar un control alternativo.


