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Los propietarios de vivienda en Texas que no pagan a tiempo el impuesto a la propiedad pueden perder su casa a través de un proceso de embargo y remate judicial. Así lo establece el Código Fiscal del estado.

La ley autoriza a las autoridades a iniciar la ejecución en cualquier momento después de que la deuda se considera delincuente. El plazo límite de pago es el 1° de febrero de cada año.

¿Cómo se produce el embargo y remate de la vivienda en Texas?

La deuda por impuesto a la propiedad se convierte en un gravamen sobre el inmueble desde el 1° de enero de cada año. Si no se paga antes del 1° de febrero siguiente, la autoridad fiscal puede iniciar la demanda de embargo.

A la deuda original se suman penalidades e intereses que crecen con el tiempo:

  • 6% de recargo inmediato desde el primer día hábil de febrero
  • 1% de interés mensual hasta el 30 de junio
  • 12% de penalidad a partir del 1° de julio, más 1% mensual adicional
  • Hasta 20% adicional por honorarios legales
  • Hasta 50% si se pierde una exención fiscal

Antes del remate, el propietario debe recibir una notificación por escrito con fecha, hora y lugar de la subasta. Si la deuda no se salda a tiempo, la propiedad se vende al mejor postor en subasta pública.

La deuda por impuesto a la propiedad se convierte en un gravamen sobre el inmueble desde el 1° de enero de cada año.
La deuda por impuesto a la propiedad se convierte en un gravamen sobre el inmueble desde el 1° de enero de cada año.

¿Se puede evitar el remate o recuperar la vivienda después?

El propietario puede detener el proceso en cualquier momento antes del remate si paga el monto total del juicio: impuestos, intereses, penalidades y costos judiciales.

También existen alternativas previas, como planes de pago con la oficina fiscal local o exenciones para mayores de 65 años y veteranos con discapacidad.

Si la vivienda ya fue rematada, la ley otorga un período de redención: dos años para propiedades residenciales (homestead) y terrenos agrícolas, y 180 días para el resto.

Redimir la propiedad implica pagar lo que pagó el comprador más una prima del 25% durante el primer año o del 50% durante el segundo.