En esta noticia

En México, es posible que un mismo adulto mayor reciba dos o más pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de manera simultánea, siempre que se cumplan ciertos supuestos establecidos en la normativa vigente. Se trata de un beneficio exclusivo para cierto grupo social, por lo que resulta importante prestar atención.

La Ley del Seguro Social de 1973 define en sus artículos 174 y 175 los criterios de compatibilidad e incompatibilidad. Asimismo, los artículos 124 y 125 señalan que cuando una persona tenga derecho a varias pensiones, la suma de estas no debe rebasar el 100% del salario promedio más alto utilizado como base de cálculo.

Doble pensión del IMSS en México
Doble pensión del IMSS en México

En caso de exceder el límite establecido, el ajuste se aplica sobre la pensión de mayor monto. Cuando una pensión proviene de riesgos de trabajo, esta no se ve afectada por dichos ajustes.

¿Quiénes cobran doble pensión?

En cuanto a los casos en los que es posible combinar pensiones, la legislación establece lo siguiente:

  • Las pensiones por invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada o fallecimiento pueden coexistir con una pensión por riesgos de trabajo.
  • Quienes reciben pensión por invalidez, vejez o cesantía pueden también acceder a otra por incapacidad permanente, viudez o ascendencia.
  • La pensión por viudez puede combinarse con otras como invalidez, vejez, cesantía, incapacidad permanente o ascendencia.
  • La pensión por orfandad puede coexistir con otra similar derivada del aseguramiento del otro progenitor.
  • La pensión de ascendientes puede sumarse a otras como invalidez, vejez, viudez o incluso otra pensión del mismo tipo por otro descendiente.

Este esquema aplica principalmente para quienes cotizaron bajo la Ley del 73, es decir, trabajadores registrados en el IMSS antes de la reforma que introdujo el sistema de cuentas individuales.

¿Qué es la Ley del Seguro Social de 1973?

A diferencia del modelo actual, este régimen otorga una pensión vitalicia financiada por el Estado y calculada con base en tres factores:

  • Semanas cotizadas
  • Promedio salarial de los últimos cinco años
  • Edad de retiro

Para acceder, se requiere haber cotizado al menos 500 semanas y contar con vigencia de derechos.

Entre sus principales ventajas frente al sistema posterior se encuentran el pago de aguinaldo, los incrementos conforme a la inflación y la garantía de por vida del ingreso, sin depender exclusivamente del ahorro individual.

Para saber bajo qué régimen se encuentra una persona, es posible revisar su estado de cuenta de AFORE o consultar la constancia de semanas cotizadas en el portal del IMSS.