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Las visitas domiciliarias del Servicio de Administración Tributaria (SAT) son uno de los temas que más inquietud generan entre los contribuyentes, especialmente cuando circulan rumores en redes sociales sobre supuestos operativos masivos.

Sin embargo, es fundamental entender que estas inspecciones están estrictamente reguladas por el marco legal vigente y responden a procedimientos específicos establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

Contrario a la percepción generalizada, las visitas domiciliarias no son acciones arbitrarias ni operativos aleatorios contra la población. Se trata de facultades de comprobación que la autoridad fiscal ejerce de manera focalizada, siguiendo criterios técnicos y bajo estrictos requisitos legales que protegen los derechos de los ciudadanos.

Cuándo el SAT tiene facultad legal para realizar visitas domiciliarias

El SAT está legalmente facultado para realizar visitas domiciliarias como parte de sus atribuciones de fiscalización, según lo establece el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.

Estas inspecciones pueden practicarse durante todo el año fiscal y tienen como objetivo verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias tanto de personas físicas como morales.

Los casos específicos en los que procede una visita domiciliaria incluyen la verificación de la expedición correcta de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), la revisión de declaraciones de ingresos y deducciones presentadas, la comprobación del pago oportuno y correcto de impuestos como el ISR e IVA, y la verificación de que los contribuyentes estén debidamente inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Además, el SAT puede ordenar estas visitas cuando sus sistemas de inteligencia fiscal detectan inconsistencias entre los ingresos declarados y los gastos reportados, cuando existen indicios de operaciones con empresas fantasma (EFOS), o cuando se presentan discrepancias entre la información reportada por el contribuyente y la proporcionada por terceros. También proceden en casos de omisión de declaraciones o cuando se requiere verificar la materialidad de las operaciones comerciales.

Para que una visita domiciliaria sea legalmente válida, debe cumplir requisitos estrictos: la orden debe estar firmada por autoridad competente, entregarse por escrito, especificar el nombre del contribuyente, señalar el domicilio fiscal exacto, fundamentar legalmente la actuación y establecer claramente los objetivos de la revisión. Los auditores deben identificarse con credenciales oficiales vigentes.

Visitas domiciliarias del SAT: cuándo son legales y cómo se realizan. Fuente: Shutterstock.
Visitas domiciliarias del SAT: cuándo son legales y cómo se realizan. Fuente: Shutterstock.

Multas y consecuencias para contribuyentes durante las visitas del SAT

Las visitas domiciliarias pueden derivar en diversas consecuencias económicas y administrativas para los contribuyentes, dependiendo de las irregularidades detectadas durante el proceso de auditoría. Las multas y sanciones están tipificadas en el Código Fiscal de la Federación y pueden ser considerables según la gravedad de las infracciones encontradas.

El SAT aclaró: las visitas domiciliarias no son operativos masivos

Uno de los mitos más persistentes en redes sociales es la supuesta existencia de "operativos masivos" del SAT que realizarían visitas domiciliarias indiscriminadas a miles de contribuyentes simultáneamente. Esta información es completamente falsa y genera alarma innecesaria entre la población.

Las visitas domiciliarias se programan con base en criterios de riesgo fiscal específicos, análisis de cruces de información y detección de inconsistencias mediante sistemas tecnológicos avanzados. Cada inspección debe estar debidamente fundamentada y motivada individualmente.