

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un organismo del Gobierno que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Su principal función consiste en administrar y supervisar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
En este contexto, el organismo tributario ha emitido una advertencia significativa para los clientes de instituciones bancarias como BBVA, Banamex y Santander respecto al préstamo de sus tarjetas de crédito a terceros, ya que esto podría acarrear serias consecuencias fiscales para el titular.

SAT lanza alerta y prohíbe el préstamo de tarjetas de crédito
Así las cosas, la entidad informó que uno de los mayores peligros de prestar tu tarjeta de crédito a terceros, incluso si se trata de amigos o familiares, radica en que los gastos realizados superan los ingresos declarados.
Este aviso forma parte de los esfuerzos del organismo público para frenar irregularidades, especialmente en un momento en que se acerca el periodo de presentación de la declaración anual de impuestos para personas físicas.
Esto se debe a que dicha situación puede activar una revisión automática, que implica un escrutinio detallado de todos los movimientos financieros registrados a nombre del dueño del plástico.
¿Cuáles son las consecuencias de prestar mi tarjeta?
Si un titular presta su tarjeta de crédito, todas las compras realizadas quedarán registradas a su nombre, independientemente de quién las haya efectuado. Esto implica que, aunque otra persona asuma el pago de lo gastado, el cargo permanecerá vinculado al historial financiero del titular de la tarjeta.
Aunque actualmente no existen sanciones directas por prestar una tarjeta de crédito, el SAT ha advertido que esta práctica puede acarrear consecuencias graves si los gastos no coinciden con los ingresos reportados por su propietario oficial. En caso de detectarse irregularidades, las multas pueden oscilar entre un 15% al 70% respecto al monto omitido. A esto se añaden recargos por mora y ajustes, lo que incrementa el total a abonar.

El proceso de revisión de discrepancias fiscales
- Envío de una notificación por inconsistencias.
- Solicitud de documentos que justifiquen los gastos.
- Revisión de la información entregada.
- Confirmación de la discrepancia; si se comprueba, se calculan los impuestos omitidos y se imponen sanciones.
El organismo públicotiene la facultad de iniciar un proceso de discrepancia fiscal cuando identifica que los gastos del contribuyente exceden los ingresos reportados.


