

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso en alerta al sector empresarial al informar que concedió una prórroga de cuatro meses a las empresas de comercio exterior para cumplir con la transmisión de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM).
En detalle, las personas físicas tendrán un último plazo para cumplir con las obligaciones fiscales. En caso contrario, este grupo podría sufrir sanciones y multas económicas.

Conoce los detalles de esta disposición y evita problemas de dinero. Ten en cuenta las condiciones impuestas por las autoridades fiscales.
¿Qué contribuyentes tienen plazo máximo para el MVE?
Durante un encuentro con representantes de cámaras y asociaciones del sector, el Administrador General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE), Erick Jiménez Reyes, explicó que la ampliación del plazo para las empresas tiene como objetivo garantizar una transición gradual y ordenada hacia la digitalización de este requisito.
El funcionario destacó que, en los últimos años, la autoridad fiscal trabajó en la modernización de procesos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. En ese sentido, señaló que la prórroga permitirá perfeccionar los procedimientos, brindar mayor certeza a los contribuyentes y reducir el riesgo de auditorías innecesarias.
Por su parte, el Administrador General Jurídico del SAT, Ricardo Carrasco Varona, indicó que este avance es resultado del trabajo coordinado entre la autoridad fiscal y el sector privado.
Asimismo, afirmó que las mesas de diálogo continuarán abiertas para agilizar trámites, ofrecer mayor claridad normativa y asegurar el cumplimiento de la ley.
¿Qué es el MVE del SAT?
Según indican las autoridades, este es un documento digital mediante el cual se declara el valor real de las mercancías que ingresan al país, con el fin de verificar que los impuestos correspondientes se determinen de manera correcta.
La presentación MVE será obligatoria a partir de abril de 2026
¿Cuáles son los requisitos de la Manifestación de Valor Electrónica?
Las empresas deben enviar información detallada relacionada con sus operaciones de importación, como:
- Valor en aduana
- Método de valoración aplicado
- Facturas comerciales
- Datos que respalden la operación
Este trámite debe realizarse a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), utilizando e.firma y sellos digitales vigentes. Además, es indispensable contar con la documentación completa y en formato digital, lo que permitirá sustentar correctamente la declaración.




