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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, resolvió que la emergencia sanitaria por COVID-19 no justifica, por sí sola, la suspensión de auditorías fiscales, lo que refuerza las facultades del Servicio de Administración Tributaria, SAT, para continuar revisiones y sancionar incumplimientos.

De acuerdo con el fallo de la Suprema Corte, “la emergencia sanitaria por Covid 19, por sí sola, no actualiza el supuesto de fuerza mayor”, por lo que las empresas que frenaron procesos bajo este argumento podrían enfrentar consecuencias legales y fiscales.

La autoridad fiscal detalló los requisitos, plazos y mecanismos para obtener saldo a favor en la Declaración Anual 2025 mediante el Sistema Automático de Devoluciones.
La autoridad fiscal detalló los requisitos, plazos y mecanismos para obtener saldo a favor en la Declaración Anual 2025 mediante el Sistema Automático de Devoluciones.Grok IA

La Suprema Corte cierró la puerta a la “excusa” de la pandemia

El máximo tribunal del país dejó claro que no se puede asumir automáticamente que la pandemia impidió cumplir con obligaciones fiscales. En su resolución, señaló que “no puede presumirse de manera automática a partir de la existencia de la emergencia sanitaria”.

Por otra parte, la Suprema Corte precisó que actividades como la recaudación tributaria y las facultades de comprobación no se detuvieron. Según el fallo, estas forman parte de sectores esenciales, por lo que las auditorías, incluidas las revisiones de gabinete, debían continuar.

Trascendental fallo de la Suprema Corte avala el cobro a quienes polucionan ríos con aguas residuales (foto: archivo).
Trascendental fallo de la Suprema Corte avala el cobro a quienes polucionan ríos con aguas residuales (foto: archivo).

Qué implica para las empresas y las auditorías del SAT

El caso se originó cuando una empresa solicitó suspender una revisión fiscal alegando fuerza mayor por COVID-19. Sin embargo, la autoridad negó la petición y continuó el proceso hasta determinar un crédito fiscal, lo que ahora fue respaldado por la Suprema Corte.

En consecuencia, el tribunal concluyó que el criterio anterior era incorrecto: “revocó la sentencia, negó el amparo a la empresa”, y ordenó revisar otros aspectos pendientes, abriendo la puerta a que el SAT refuerce auditorías y sanciones a contribuyentes incumplidos.