

En España, son numerosos los ciudadanos que se encargan del cuidado de personas mayores. De este modo, millones de personas conviven con mayores de 65 años y, con frecuencia, esto conlleva la asunción de gastos adicionales, tales como atención médica, adaptaciones en el hogar o cuidados específicos, lo cual puede representar una carga económica considerable para las familias.
Teniendo en cuenta esta problemática, el Gobierno, a través de la Agencia Tributaria, ofrece deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para mitigar este tipo de situaciones. Estos descuentos se han diseñado para respaldar a las familias que cuidan y conviven con ascendientes mayores.
Este descuento fiscal consiste en 1150 euros por cada persona que resida en el domicilio familiar. Específicamente, puede aplicarse la reducción si el ascendiente tiene más de 65 años o presenta una discapacidad, independientemente de su edad.

Requisitos para acceder a ayuda económica por convivir con mayores de 65
La normativa del IRPF establece que el ascendiente debe residir con el contribuyente durante al menos la mitad del año. En el caso de ascendientes que presenten discapacidad y que dependan del contribuyente, se considera que satisfacen el requisito de convivencia, aun cuando se encuentren en instituciones especializadas.
Para beneficiarse de la deducción de 1150 euros en el IRPF, el ascendiente debe residir con el contribuyente y no superar los ingresos anuales de 8000 euros. Adicionalmente, si el ascendiente tiene más de 75 años, la deducción se incrementa en 1400 euros anuales adicionales, alcanzando un total de 2250 euros.
Otro requisito es que las rentas anuales de cada ascendiente, excluyendo las exentas, no deben sobrepasar los 8000 euros. Asimismo, el ascendiente no debe presentar la declaración del IRPF con ingresos superiores a 1800 euros.

En caso de fallecimiento del contribuyente, el mínimo correspondiente se aplicará en su totalidad. A su vez, en las declaraciones conjuntas de unidades familiares, el otro cónyuge no tiene derecho a la aplicación del mínimo del contribuyente, aunque sí se considera el incremento del mínimo, si su edad es superior a 65 años o a 75 años.
Beneficios fiscales para personas con discapacidad
Las personas con discapacidad tienen la posibilidad de solicitar deducciones fiscales debido a su situación. De acuerdo con la información proporcionada por el medio TaxDown, las deducciones fiscales para el mínimo del contribuyente varían en función del grado de discapacidad. En España, para individuos con una discapacidad que oscila entre el 33% y el 64%, la deducción mínima se establece en 3000 euros anuales, mientras que para aquellos que presentan una discapacidad igual o superior al 65%, la deducción se incrementa hasta 9000 euros al año.
Adicionalmente, en caso de que se justifique la necesidad de asistencia de terceras personas o exista movilidad reducida, se incorporan 3000 euros adicionales a la deducción mínima aplicable. Esta disposición tiene como objetivo minimizar las cargas fiscales para aquellos que enfrentan obstáculos significativos en su vida cotidiana a causa de su grado de discapacidad.


