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El próximo miércoles 3 de abril, la declaración de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) comenzará en España y existen algunas deducciones a las que podrán acceder los ciudadanos.

Uno de ellos es el que ofrece la Comunidad Valenciana en 2024 a los contribuyentes que cumplan con los requisitos exigidos. La misma está destinada a quienes tengan a su cargo el cuidado de personas.

Cómo añadir las deducciones por el cuidado de personas (foto: archivo).
Cómo añadir las deducciones por el cuidado de personas (foto: archivo).

La deducción por el cuidado de personas

El Ministerio de Hacienda explicó en su página web que los contribuyentes valencianos podrán acceder a deducciones de la Renta por nacimiento, adopción o por el cuidado de familiares.

Según la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, los ciudadanos podrán reducir la siguiente cantidad en los impuestos:

  • 300 euros por cada hijo nacido o adoptado durante el período impositivo.

  • 300 euros por cada acogido en régimen de acogimiento familiar con familia educadora, de urgencia, temporal o permanente, administrativo o judicial.

Sin embargo, Hacienda aclaró que si la duración del acogimiento es menor al año impositivo natural se "procederá a prorratear la cuantía de deducción" en base al número de días de duración entre los días que comprenden el periodo impositivo.

Cómo añadir las deducciones por el cuidado de personas (foto: archivo).
Cómo añadir las deducciones por el cuidado de personas (foto: archivo).

Los requisitos para acceder a las deducciones

Por otro lado, las autoridades detallaron cuáles son los requisitos para acceder a este descuento de impuestos:

  • Que el hijo nacido, adoptado o acogido cumpla los requisitos que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes establecido por la normativa estatal reguladora del IRPF.

  • Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior a 30.000 euros en declaración individual y 47.000 euros en declaración conjunta.

Además, Hacienda aclaró que el régimen de acogimiento familiar que da derecho a la aplicación de la deducción se prorrateará en "función del número de días de duración del acogimiento dentro del periodo impositivo".