

El sistema español de pensiones está diseñado para asegurar que los trabajadores puedan retirarse con una prestación adecuada tras años de cotización. Por regla general, la edad para acceder a la jubilación ordinaria se ha ido incrementando de forma progresiva debido a factores como el envejecimiento de la población y el aumento de la esperanza de vida.
Sin embargo, existen excepciones para ciertos colectivos que, por la naturaleza exigente de su labor, pueden retirarse antes. Tal es el caso de los artistas, un grupo profesional que, bajo determinadas condiciones, puede acceder a la jubilación a los 60 años con el 100% de la pensión. Esta posibilidad, poco conocida por muchos, está regulada por disposiciones especiales dentro del sistema de la Seguridad Social.
Quiénes pueden jubilarse a los 60 años con 100% de la pensión
Desde hace años, el Estado contempla que algunas profesiones deben tener tratamientos especiales en materia de jubilación. En el caso de los artistas, especialmente aquellos dedicados a actividades físicamente exigentes, se reconoce el desgaste profesional y se otorga la posibilidad de una jubilación anticipada sin penalizaciones.

Los artistas que pueden acogerse a esta medida son principalmente cantantes, bailarines y trapecistas, siempre que cumplan ciertos requisitos. Según lo establecido por la Seguridad Social, deben haber trabajado en su especialidad artística durante al menos 8 años dentro de los 21 años anteriores al momento de solicitar la pensión. En estos casos, pueden jubilarse a los 60 años sin que se les aplique ningún coeficiente reductor.
No obstante, no todos los artistas entran en esta categoría privilegiada. Aquellos que no desempeñan profesiones consideradas de alto desgaste físico (como actores, músicos o técnicos de sonido) también pueden jubilarse a los 60, pero con una reducción del 8% en la cuantía de su pensión por cada año que les falte para alcanzar la edad ordinaria de jubilación, que actualmente es de 66 años y 8 meses, salvo que se acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados.
Seguir creando sin perder la pensión
Una de las novedades más destacadas en el régimen de jubilación para artistas llegó en mayo de 2024. Desde esa fecha, los artistas jubilados pueden seguir realizando ciertas actividades profesionales sin perder su pensión, siempre que los ingresos procedan de derechos de propiedad intelectual. Esta medida, que busca dar respuesta a las características particulares del trabajo creativo, fue celebrada por sindicatos y asociaciones del sector artístico.
Esto significa que un escritor, compositor o intérprete puede seguir percibiendo ingresos derivados de sus obras publicadas o actuaciones grabadas, sin que esto afecte al cobro íntegro de su pensión.
Además, si se continúa trabajando en el ámbito artístico de forma activa, también es posible compatibilizar esa actividad con un porcentaje de la pensión, dependiendo del tipo de contrato y del alta en la Seguridad Social.
Esta compatibilidad representa un avance significativo, ya que reconoce el carácter intermitente y prolongado en el tiempo de muchas carreras artísticas, y evita penalizar a quienes continúan generando valor a través de su obra incluso después de la edad de jubilación.

Una decisión que requiere planificación
Si bien la posibilidad de jubilarse a los 60 años con el 100% de la pensión es atractiva, no es automática ni universal. Requiere cumplir una serie de requisitos específicos que pueden variar según la trayectoria y la especialidad artística del trabajador. Por eso, es fundamental contar con un buen asesoramiento legal o acudir directamente a los canales oficiales de la Seguridad Social para aclarar dudas y evitar errores.
También es importante considerar el impacto económico a largo plazo. Aunque en algunos casos no se apliquen penalizaciones, el acceso temprano a la jubilación implica dejar de cotizar durante más años, lo que puede afectar otras prestaciones o complementos. Evaluar cuidadosamente esta decisión puede marcar la diferencia en la calidad de vida futura del artista jubilado.





