

Aquellas personas que se dedican a realizar trabajo doméstico en España suelen enfrentan incertidumbre sobre cuánto cobrarán y qué derechos les corresponden. Con una escala salarial específica y regulada, este sector ahora cuenta con un nuevo marco que establece sueldos mínimos claros.
El acuerdo paritario alcanzado entre sindicatos, representantes del sector y la Secretaría de Trabajo define cómo se aplicarán los incrementos salariales y un bono no remunerativo que aliviará el retraso acumulado en revisiones de sueldos.
Para la quinta categoría, personal de limpieza y tareas generales, que trabaja bajo el régimen contratado por horas, se establecen los pisos mínimos por hora según la modalidad de trabajo.
En casos de jornada semanal inferior a 24 horas y con retirada diaria, el valor mínimo por hora será de $2992,84, mientras que para quienes trabajan sin retiro, es decir, residen en el puesto, la tarifa asciende a $3229,09 por hora.

En cuanto a quienes prestan servicio mensualizado (más de 24 horas por semana), los sueldos cambian: $367.161,42 al mes con retiro diario y $408.279,21 sin retiro. Estas cantidades promedian la jornada completa y constituyen el piso mínimo obligatorio en agosto de 2025.
Bono no remunerativo para compensar
Además del ajuste remunerativo del 1% aplicado en agosto, el convenio contempla un bono no remunerativo para compensar la demora en las actualizaciones entre febrero y junio. Se paga durante julio, agosto y septiembre y varía según la jornada semanal).
Para agosto se asigna:
$9500 al mes para jornadas superiores a 16 horas;
$6000 para jornadas entre 12 y 16 horas;
$4000 para menos de 12 horas.
En julio ese bono fue más alto: por ejemplo, $10.000 para quienes trabajaban más de 16 horas. En agosto y septiembre baja a $9500.
Impacto real según modalidad de contrato y horas trabajadas
Una empleada de la quinta categoría con jornada completa y retiro que trabaja más de 24 horas semanales cobrará $367.161,42 mensuales, más el bono de $9500 en agosto, totalizando $376.661,42 como piso salarial obligatorio.
En cambio, si presta servicios sin retiro y supera las 24 horas, su base será de $408.279,21, con el bono incluido sumaría $417.779,21.
Si la empleada trabaja entre 12 y 16 horas semanales, el sueldo básico prorrateado es menor, pero se debe sumar el bono de $6000, mientras que para jornadas por debajo de las 12 horas se adicionan $4000.

Qué deben tener en cuenta empleadores y trabajadoras
Los empleadores están obligados a aplicar este nuevo esquema salarial como piso mínimo legal, tanto en contratos por hora como mensuales. El pago del bono debe reflejarse en los recibos y no se considera para antigüedad, cotizaciones ni liquidaciones finales.
La recomposición salarial del 6,5% ocurre entre junio (3,5%) y un 1% adicional en julio, agosto y septiembre, por lo que el bono busca compensar la demora en ajustes previos.
También es importante que el empleador respete los registros formales: alta en la Seguridad Social desde la primera hora trabajada, contrato escrito, aportes, y cumplimiento de antigüedad y otros derechos laborales adquiridos.




