

La renovación del permiso de conducir es un trámite obligatorio para quienes poseen una licencia próxima a caducar o ya vencida. De acuerdo con la normativa vigente en España, los conductores tienen la posibilidad de llevar a cabo este proceso sin la necesidad de volver a examinarse, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Dirección General de Tráfico (DGT).
Además, el organismo ha implementado modificaciones en el procedimiento como parte de su proceso de modernización administrativa. Entre estos cambios destaca la eliminación de la obligatoriedad de presentar fotografías en ciertos casos, así como la necesidad de acreditar una serie de condiciones para obtener la renovación del documento.

Quiénes han de renovar el permiso y qué requisitos deben cumplir
Los titulares de permisos de conducción emitidos por países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) poseen la facultad de conducir en territorio español mientras su licencia se mantenga vigente. No obstante, para continuar conduciendo tras su vencimiento, es imperativo proceder a la renovación del documento en el país de residencia habitual.
La renovación solo se podrá gestionar si el permiso no se encuentra restringido, suspendido o retirado ya sea por el país emisor o por las autoridades españolas pertinentes.
Asimismo, deberán proceder a la renovación de su licencia aquellas personas que cuenten con permisos de vigencia indefinida o con un plazo de validez superior a 15 años para los permisos del grupo 1 (AM, A1, A2, A, B y BE) y superiores a 5 años para los del grupo 2 (C1, C1E, C, CE, D1, D1E, D y DE), transcurridos dos años desde el establecimiento de su residencia normal en España.
En este contexto, la normativa establece que se considera residencia normal el lugar donde una persona reside al menos 185 días durante el año natural.

Requisitos para renovar la licencia
Para llevar a cabo el trámite será imprescindible presentar:
- Solicitud cumplimentada en el impreso oficial.
- Documento de identidad vigente (DNI o pasaporte).
- Informe de aptitud psicofísica emitido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
- Permiso de conducción extranjero vigente.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
La DGT también admite la posibilidad de autorizar a un tercero para realizar el trámite en nombre del interesado a través del Registro de Apoderamientos o mediante el modelo oficial de representación.
Por otro lado, se ha comunicado que a partir del 6 de noviembre de 2024, ya no será necesario presentar fotografías ni el llamado talón-foto en aquellos procedimientos en los que la Administración ya cuente con dicha documentación.
Nuevo permiso: cómo tramitarlo, cuánto cuesta y cuándo llega
La renovación debe realizarse de manera presencial en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, siendo imprescindible solicitar cita previa. Dentro del sistema de citas, los conductores tienen que seleccionar el área de “Canje de permisos” y el trámite de “Inscripción, sustitución y renovación de permisos europeos”.
La solicitud puede presentarse desde tres meses antes de la fecha de caducidad del permiso. Realizar el trámite con anticipación no implica la pérdida de días de validez, debido a que la nueva vigencia comienza a contar desde la fecha de vencimiento del documento anterior.
El coste general de la renovación es de 24,58 euros. Sin embargo, existen tasas reducidas cuando, por motivos médicos, la prórroga se otorga por un periodo inferior. Además, el trámite es gratuito para los mayores de 70 años.
Una vez culminado el procedimiento, se retirará el permiso original y se entregará un permiso provisional que habilita para conducir en España durante seis meses. El nuevo carné definitivo se envía por correo postal al domicilio del conductor y suele llegar en un plazo aproximado de un mes y medio. Durante este tiempo, el permiso provisional no es válido para conducir fuera del territorio español.




