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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobó, mediante la Resolución 75/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial, los listados de bienes agropecuarios elegibles para el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), creado por la Ley 27.802.
La norma define qué equipos de riego, mallas antigranizo y animales reproductores de alto valor genético pueden acceder a los beneficios fiscales del régimen.
La ventaja central es que no requieren cumplir con el monto mínimo de inversión que exige la regla general.

Qué es el RIMI y qué beneficios otorga
El RIMI no es un régimen exclusivo para el agro. Está diseñado para incentivar inversiones de micro, pequeñas y medianas empresas en cualquier sector de la economía argentina.
Sus beneficios son dos:
- Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias.
- Devolución anticipada de créditos fiscales en el IVA, para inversiones en bienes muebles amortizables y obras de carácter productivo realizadas en el país.
La norma establece que sus beneficios aplican a las inversiones en bienes muebles amortizables y obras de carácter productivas “que se realicen en el país, siempre que se cumpla con un monto mínimo de inversión en un plazo de 2 años“. Sin ese compromiso, no se accede a los beneficios.
Sin embargo, la ley previó una excepción. Según el decreto, “las inversiones productivas efectuadas en sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y en bienes semovientes, son susceptibles de promoción, independientemente del monto de la inversión involucrada“, en cada caso.
Tres categorías sin monto mínimo de inversión
La Resolución 75/2026 aprobó tres listados con sus respectivas posiciones arancelarias. El especialista tributario Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, analizó el alcance de cada una.
Sistemas y equipos de riego
Es la categoría más amplia. Comprende sistemas pivot completos —“incluyendo motores eléctricos, tuberías, paneles de control, manómetros y temporizadores“—, bombas sumergibles y centrífugas para extracción e impulsión de agua.
También incluye sistemas de riego por goteo con todos sus componentes: “cintas de goteo, filtros de arena y de malla, goteros, microaspersores, electroválvulas y equipos de automatización“. Se suman las compuertas para canales de conducción.
Mallas antigranizo para el sector agropecuario
Quedan comprendidas las redes de polipropileno o polietileno y las mallas de alta densidad tipo raschel, junto con la “estructura completa de instalación: postes de madera impregnada, alambre galvanizado, cables de acero, tensores, grapas y herrajes”.
Bienes semovientes
Es la categoría con mayores condiciones de acceso. No cualquier animal califica: deben ser “reproductores destinados a la producción dentro del territorio nacional” y encuadrar en alguna de estas categorías: animales puros de pedigrí, puros registrados o puros por cruza, o animales de genética superior provenientes de programas de cruzamiento dirigidos.
Quedan incluidos bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, equinos y aves, entre otros. Los registros genealógicos reconocidos son los habilitados por las Leyes 22.939 y 20.378, entre ellos la Sociedad Rural Argentina, el Stud Book Argentino del Jockey Club Argentino y la Asociación Argentina de Fomento Equino.

Cómo funciona la devolución del IVA
Uno de los beneficios centrales del RIMI es la devolución anticipada de créditos fiscales de IVA sobre las inversiones productivas. Sin embargo, persiste una duda relevante que la normativa aún no despejó.
Según Domínguez, “no está claro si la solicitud podrá tramitarse en cualquier mes del año o si deberá aguardarse hasta diciembre de cada ejercicio“, junto con los beneficiarios del régimen general de devolución de la Ley de IVA.
“Si aplica esta segunda interpretación, y considerando el límite del 50% del cupo anual, el alcance efectivo del beneficio podría resultar considerablemente más acotado de lo que sugiere el texto de la ley", advirtió el especialista.
El sistema informático aún no está disponible
El régimen tiene estructura normativa, pero aún no está plenamente operativo. La Resolución General Conjunta 5849/2026 de ARCA, la Secretaría de Agricultura y la Secretaría de Energía estableció los requisitos y condiciones generales.
No obstante, el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI) de ARCA, necesario para la adhesión y tramitación de los beneficios, “no se encuentra disponible al momento de la publicación de esta norma“, según indica el análisis de SDC Asesores Tributarios.
Tampoco está publicado aún el listado de bienes de alta eficiencia energética a cargo de la Secretaría de Energía, que completa el universo de inversiones exentas del monto mínimo. Para que el régimen comience a ser utilizado, es imprescindible que ese sistema esté operativo a la brevedad.
Qué deben hacer las empresas agropecuarias
Mientras se aguarda la operatividad del SGI, el especialista recomendó una serie de pasos preparatorios. En primer lugar, verificar la condición MiPyME y obtener o actualizar el Certificado correspondiente, y confirmar que la caracterización esté activa en el Sistema Registral de ARCA.
También recomendó identificar los proyectos de inversión en carpeta y evaluar si los bienes califican bajo el RIMI, y contrastarlos con los listados de posiciones arancelarias aprobados en los Anexos I, II y III de la Resolución 75/2026.
En el caso de semovientes, sugirió confirmar que los animales a adquirir cuenten con documentación que acredite su condición de reproductores de pedigrí, puros registrados o de genética superior, inscriptos en los registros correspondientes.
Por último, el especialista recomendó estimar el impacto financiero de la amortización acelerada en Ganancias y de la devolución del crédito fiscal de IVA sobre las inversiones proyectadas, y verificar que no haya superposición con beneficios ya otorgados bajo el RIGI u otros regímenes.




