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El DNU de Javier Milei, publicado por el Gobierno en el Boletín Oficial, entró en vigencia a partir de este viernes 29 de diciembre, con el objetivo de desregularizar la economía argentina.

En ese escrito, que modificó o derogó más de 360 leyes y decretos previos, se encuentran una serie de novedades para los automovilistas.

Sin embargo, a raíz del envío de la Ley Ómnibus al Congreso y a pesar de los detalles expresados en el DNU, surgieron dudas sobre los documentos que pedirán las autoridades para circular en la calle y/o rutas.

DNU: ¿cuáles son los documentos que deben presentar los automovilistas?

Tanto la cédula de identificación del automóvil, la licencia de conducir y el comprobante del último pago de la patente son documentos que continuarán vigentes y se les exigirá a los conductores.

En ese sentido, el único cambio que establece el DNU de Javier Milei es el modo en el cual se podrán presentar estos documentos. Ahora, también será viable exhibirlos en formato digital.

Qué pasa con la VTV

No obstante, según indica el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito, la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y el seguro de Riesgo Civil Obligatorio son exigencias que se mantendrán sobre quienes circulen en la vía pública.

Automovilistas: ¿qué otros cambios introdujo el DNU de Javier Milei?

Otra de las novedades del DNU es la incorporación de herramientas digitales para facilitar los trámites en los registros automotores.

Asimismo, en el decreto se especifica que, en el corto plazo, se creará un "Registro Automotro digital", cuya inscripción será remota, abierta, accesible y estandarizada bajo jurisdicción nacional.

"La Dirección Nacional deberá hacer efectiva la puesta en marcha de su registro remoto, abierto, estandarizado y accesible a más tardar el 2 de mayo de 2024", señala el artículo 364.