Mientras el Senado se prepara para debatir el proyecto de Ley de Propiedad Privada este jueves, uno de los principales colaboradores del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, defendió algunos de sus puntos más controvertidos.
En diálogo con El Cronista, el secretario de Desregulación, Alejandro Cacace, respaldó la eliminación de restricciones a la compra de tierras por parte de extranjeros, sostuvo que la legislación vigente es “inconstitucional” y explicó las modificaciones que incorporó el Senado durante el tratamiento del proyecto.
“Aunque no tenga ni un día de residencia, un extranjero debería poder comprar tierras en Argentina”, aseguró el exdiputado por la Unión Cívica Radical.
—Muchos plantean que eliminar las restricciones a la compra de tierras por extranjeros va en contra de la soberanía nacional.
—Opino que la ley actual es inconstitucional y que el interés nacional no es esta falsa concepción de soberanía que se ha tenido durante mucho tiempo, sino que el interés nacional es que haya más inversiones.
Un extranjero, aunque no tenga ni un día de residencia en Argentina, compre un viñedo o haga un establecimiento ganadero, mueve la economía del país, genera empleo y genera producción.
Hoy el capital compite globalmente. Hay muchísimo capital en el mundo buscando dónde radicarse o dónde invertir.
A mí me pasa hablando con muchos embajadores que están en Argentina. Me dicen: “Nosotros hubiéramos hecho una inversión acá, pero cuando preguntamos cómo funcionaba la compra de tierras, nos explicaron que había que ir con un testaferro”.
Porque eso es lo que termina pasando con la ley vigente: buscan un argentino que preste el nombre para comprar en favor de otro.
Cuando les plantean algo así, les suena turbio y no quieren invertir.
—Es ilegal.
—Sí, porque la ley considera que eso es una simulación. Pero además te perdés la oportunidad de que esa inversión venga a Argentina y termina yéndose a otro lado.
Cuando no permitís que esas tierras sean compradas por ciudadanos de otros países, bajás el valor de la tierra. Porque si solo la pueden comprar los capitales locales o ciudadanos argentinos, reducís la demanda.
En cambio, si permitís que puedan comprarlas personas de otros países, aumenta la demanda y aumenta el valor de la tierra.
Escucho mucho desde el PJ hablar de extranjerización de la tierra, no es un fenómeno tan serio como ellos plantean.
Aun si ocurriera, no veo el problema mientras alguien venga, ponga dinero, invierta, genere producción, trabajo y dinamice la economía.

Los cambios que incorporó el Senado
—¿Cómo quedó finalmente el proyecto en el Senado?
—Logramos finalmente el dictamen y estamos satisfechos porque salió prácticamente todo lo que habíamos planteado. Avanzaron los capítulos vinculados a expropiaciones, desalojos, compra de tierras por extranjeros y manejo del fuego.
El único capítulo que no prosperó fue el de RENABAP, aunque se incorporó una modificación muy positiva a la Ley Pierri.
La Ley Pierri permite que la usurpación, que normalmente se tramita por vía judicial, pueda hacerse administrativamente.
Lo que hicimos fue eliminar una limitación temporal. Antes se exigía acreditar posesión desde 2006. Ahora se requieren diez años de posesión contados hacia atrás desde el presente, lo que amplía significativamente los casos alcanzados.
El impacto en las provincias
—¿Qué beneficios concretos podría tener para las provincias flexibilizar la compra de tierras?
—Hoy hay muchísimas inversiones frenadas, por ejemplo inversiones forestales.
Algunos senadores de la Mesopotamia y del norte del país, me comentaron que muchas inversiones forestales requieren extensiones enormes de tierra.

Capaz necesitás 50.000 hectáreas para desarrollar un proyecto que tenga escala y sea rentable, normalmente esos capitales están afuera.
Entonces, si mantenemos el orden macroeconómico y cierta seguridad jurídica, podríamos tener proyectos enormes de ese tipo desarrollándose en Argentina. Hoy la ley los traba.
—¿Qué pasa con las zonas de frontera?
—Hoy existe una restricción muy fuerte para las zonas de frontera. Sinceramente me parece una locura.
Considera zona de frontera una franja de hasta 150 kilómetros desde el límite internacional. Entonces tenés situaciones absurdas, cómo por ejemplo muchísima gente de Formosa nos escribe porque una enorme parte de la provincia queda incluida dentro de la zona de frontera.
Para cualquier compra de tierra tenés que pasar por la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad. Nosotros creemos que cada vez que alguien tiene que ir al Estado a pedir permiso para algo se genera un espacio para la discrecionalidad, para la arbitrariedad y eventualmente para la corrupción.
—¿No podría generarse el mismo problema si interviene la provincia?
—La decisión final la va a tener la Nación. La provincia únicamente realiza la solicitud. La idea es que participen ambos niveles de gobierno.
Pero insisto: este procedimiento solo se mantiene para Estados extranjeros o entidades controladas por Estados extranjeros.
Es decir, para situaciones donde alguien podría plantear una preocupación estratégica.
“Ojalá la usen 500 empresarios más”: la respuesta a las críticas por Peter Thiel
Además de la reforma sobre propiedad privada, el oficialismo impulsa cambios profundos en la Ley de Sociedades.
Entre ellos, la creación de sociedades automatizadas y la posibilidad de que los socios elijan legislación extranjera para regular sus relaciones internas.

—Muchos sostienen que la figura de las sociedades automatizadas parece pensada para beneficiar a empresarios tecnológicos específicos. Se menciona, por ejemplo, a Peter Thiel.
—Sí, escuché ese argumento. La verdad es que no me gusta porque parte de una lógica conspirativa sobre por qué hacemos las cosas.
Capaz que a Peter Thiel le sirve esta herramienta. Ojalá la use y ojalá la usen quinientos empresarios más.
Pero la discusión no debería ser para quién sirve una norma, sino si la norma es buena o no.
Porque si empezamos a analizar todas las leyes según quién podría beneficiarse, no discutimos nunca las ideas de fondo.
Si vos no generás una regulación para este tipo de estructuras, simplemente se constituyen en otras jurisdicciones.
Entonces perdés la posibilidad de que se constituyan en Argentina, paguen impuestos acá y desarrollen actividad acá.
—La reforma permite que las sociedades elijan regirse por normas extranjeras para determinadas cuestiones. ¿Qué significa eso?
—Significa que las sociedades pueden elegir el derecho aplicable para regular las relaciones entre sus socios. Eso nos pone a tono con lo que hacen la mayoría de los países avanzados.
En la práctica, significa que, si viene alguien a invertir, constituye una sociedad y esos inversores conocen muy bien, por ejemplo, la legislación de Nueva York. Entonces dicen: “Nosotros preferimos regirnos por la ley de Nueva York”.
Bueno, perfecto. Se rigen por la ley de Nueva York para las relaciones entre ellos.
—¿Y eso no puede complicar a un inversor argentino o a un tercero que tenga un conflicto con esa sociedad?
—Hay que distinguir las situaciones. Si vos comprás acciones y decidís convertirte en socio, entonces aceptás voluntariamente las reglas bajo las cuales esa sociedad fue constituida.
Ahora bien, si sos un tercero afectado por la actividad de la sociedad, ahí rige el derecho argentino. Lo mismo ocurre en la relación entre la sociedad y el Estado.
La elección de un derecho extranjero solo regula las relaciones internas entre los socios.
Las sociedades automatizadas
—¿Qué pasa si una sociedad automatizada comete un hecho ilícito o genera un daño?
—A la sociedad. Lo primero que hay que aclarar es que aunque no tenga personas administrándola de manera directa, sí tiene patrimonio.
En las sociedades tradicionales ya existe responsabilidad limitada. Hoy vos tenés un problema con Microsoft y no vas a golpearle la puerta a Bill Gates para reclamarle personalmente.
Si se terminó el patrimonio de Microsoft, la responsabilidad termina ahí. No vas después a buscar a los accionistas.
Ese es el principio de responsabilidad limitada. Es exactamente el mismo principio que se aplica acá.
—¿Y si una inteligencia artificial toma una decisión equivocada?
—Si el algoritmo comete un error y produce un daño, la empresa responde con su patrimonio.
También pueden existir responsabilidades del organismo que contrató o utilizó el sistema, pero la responsabilidad principal sigue recayendo sobre la persona jurídica.





