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La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, anunció importantes cambios en los montos a partir de los cuales se requerirá justificación para las operaciones financieras.

Estas modificaciones, vigentes desde junio de 2025, buscan flexibilizar las transacciones y formalizar ahorros, incentivando el uso de los "dólares bajo el colchón" como parte del "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos".

Nuevos límites de transferencia ARCA a partir de junio 2025

ARCA supervisa y pone la lupa sobre las transferencias bancarias y digitales realizadas a través de homebanking y billeteras virtuales. Complementariamente, las entidades financieras y las plataformas de pago deben informar al organismo regulador sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

Los nuevos valores que rigen desde junio de 2025 para las distintas operaciones son los siguientes:

  • Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
  • Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.
Por medio del ARCA, el Gobierno estableció cuáles serán los límites en las transferencias.
Por medio del ARCA, el Gobierno estableció cuáles serán los límites en las transferencias.

¿Qué sucede si supera el límite y no puede justificar los fondos?

Cuando se superan los montos establecidos por la entidad, podrían activarse las alertas de ARCA, llevando a un análisis más exhaustivo por parte del fisco nacional.

Tanto los bancos como las billeteras virtuales están obligados a reportar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). Si ARCA solicita detalles sobre una transferencia y no se puede justificar el origen de los fondos, se pueden enfrentar diversas consecuencias:

  • Rechazo de transferencias.
  • Congelamiento de saldos.
  • Bloqueo de cuentas.

ARCA puede iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos.

¿Cuál es la documentación requerida por ARCA para justificar fondos?

En caso de que ARCA o una entidad bancaria soliciten detalles sobre una operación, es importante contar con documentación que respalde el origen del dinero. Algunos de los documentos más comunes incluyen:

  • Recibos de sueldo o facturación en caso de trabajadores autónomos.
  • Declaraciones juradas de impuestos que reflejen ingresos declarados.
  • Contratos de venta o cesión de bienes que respalden la transacción.
  • Extractos bancarios que evidencien el flujo habitual de fondos.
  • Comprobantes de haberes jubilatorios.
  • Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
  • Boletas de compra y venta
  • Constancia del monotributo.

¿Cuáles son los errores comunes que pueden generar investigaciones de ARCA?

Para evitar ser investigado por ARCA, es fundamental no cometer ciertos errores:

  • Transferir montos que excedan el nuevo tope permitido sin justificación.
  • Exceder el monto máximo sin contar con respaldos de ingresos previamente declarados.
  • No poder justificar los fondos en cuentas bancarias o billeteras virtuales; las operaciones siempre deben estar respaldadas, incluso entre cuentas propias.
  • No responder a las solicitudes de documentación del banco o billetera virtual, ya que esto puede derivar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la UIF.