El Banco Central dio el paso final para la entrada en vigencia de los Fondos de Cese Laboralal reglamentar las cuentas bancarias que tendrán el fin de juntar los fondos para su eventual uso en caso de despido.
El Fondo de Cese tiene el objetivo de reemplazar la indemnización. Las cuentas habilitadas por la entidad monetaria pueden ser individuales o colectivas, son gratuitas y es obligatorio que los bancos las pongan a disposición.
Beneficios y perjuicios
Según el centro CIFRA de la CTA, el beneficio para los empleadores radica en que no enfrentarán al momento de los despidos los costos adicionales, sino que deberán hacer los aportes a lo largo de la relación laboral.
Sin embargo, un tema en este frente son las alícuotas que pagará el empleador, ya que se definirán a partir de los convenios colectivos. "Podría ocurrir que para los empleadores resulte un costo más alto que pagar las indemnizaciones correspondientes en caso de despidos sin causa, en particular para empresas con baja rotación de personal. Funcionaría como el pago de un seguro (caro) para un evento con muy baja probabilidad de ocurrencia", consideraron desde CIFRA.
El empleador además puede optar por qué sistema considera más conveniente, en base a qué se negocie en el convenio colectivo. Por lo que, si esta opción resulta más cara, puede elegir la indemnización equivalente a un mes de sueldo por año de antigüedad.
Para los trabajadores, se elimina un desincentivo que enfrentan hoy las empresas para despedir. Además, desde CIFRA consideraron que la amenaza del desempleo se volvería un recurso más concreto frente a cualquier reclamo, lo que sumaría incertidumbre y mayor disciplinamiento.

Entre los beneficios, se incluye la certeza de saber que cuando se termina la relación laboral, se contratará con un respaldo económico inmediato, además de implicar una reducción de riesgo de conflicto y de evitar los procesos legales extensos. Por último, implica una mejora en la transparencia ya que podrá acceder a la información en el momento.
Una de las advertencias que marcó Luis Campos, investigador del centro de estudios de la CTA Autónoma, es que "no hay ninguna garantía mínima respecto del monto de la indemnización por despido. Los CCT pueden regularla sin límite alguno. El trabajador despedido va a cobrar lo que haya en la cuenta bancaria, FCI o fideicomiso. ¿Y si la plata se licuó por el paso del tiempo? Mala suerte".
Otra de las advertencias que sumó Campos es que el Fondo de Cese no se traduce en mayor empleo. De hecho, el sector de la construcción que ya tiene un régimen similar fue uno de los más afectados por la pérdida de trabajo en estos últimos 18 meses.
"Desde la asunción de Milei, el sector de la construcción es el más afectado en cantidad de puestos perdidos (-59.110)", advirtieron desde el Centro de Economía Política (CEPA).
Quién hace los aportes
A raíz de la implementación de las cuentas se habilitan los fondos individuales o colectivos. Los convenios deberán definir cómo se aplicarán en cada rubro.
Los fondos individuales serán abiertos por el empleador y el titular será cada trabajador. Los aportes los realizará el empleador pero el trabajador podrá hacer los aportes adicionales.
La extracción de los fondos serán por el total y puede transferirse una vez finalizada la relación laboral. Entonces, el empleador deberá realizar la transferencia a una cuenta a la vista que sea del empleado. El dinero también se puede retirar, pero en casos excepcionales.

La cuenta deberá permanecer abierta por hasta 180 días desde que termina la relación laboral.
En el caso de los fondos de cese colectivos, las cuentas estarán a nombre de quien se determine en el convenio y se podrán realizar retiros parciales ante el cese del vínculo laboral con distintos trabajadores.
En estos casos, los titulares deberán poder acceder a la información de las operaciones.
Quien solicite la apertura de la cuenta será el responsable de la integridad de la cuenta y que la información que se envíe sea correcta.



