

El gremio de las Administradoras de Fondos de Pensiones en Colombia encendió las alarmas tras la expedición del Decreto 0415 de 2026, una norma que ordena el traslado inmediato de 25 billones de pesos desde los fondos privados hacia Colpensiones. La medida generó un fuerte rechazo en el sector, que la considera contraria al marco legal vigente y perjudicial para el ahorro de millones de trabajadores.
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Desde Asofondos anunciaron que avanzarán con acciones legales para frenar la aplicación del decreto, argumentando que vulnera principios fundamentales como la propiedad del ahorro pensional y la seguridad jurídica del sistema. La controversia se da en un contexto de alta sensibilidad económica y debate sobre el futuro del modelo pensional en el país.
El Gobierno, por su parte, defiende la medida como una forma de corregir un desbalance financiero, señalando que actualmente el Estado paga mesadas de personas cuyos recursos permanecen en los fondos privados. Sin embargo, expertos y entidades del sector advierten sobre posibles consecuencias fiscales y jurídicas de alto impacto.
Asofondos anuncia demanda contra decreto que ordena traslado de fondos a Colpensiones
El anuncio de acciones legales por parte de Asofondos se produjo durante su congreso anual en Cartagena, en medio de cuestionamientos por la coincidencia entre el evento y la publicación del decreto. El gremio sostiene que la norma obliga a trasladar recursos que, por ley, deben permanecer invertidos hasta que los afiliados consoliden su derecho a la pensión.
El presidente del gremio, Andrés Velasco, enfatizó que las administradoras tienen un deber fiduciario de proteger el capital de los afiliados. En ese sentido, confirmó que acudirán a instancias como el Consejo de Estado y organismos de control para solicitar la suspensión del decreto, al considerar que contradice disposiciones legales vigentes y genera incertidumbre sobre la estabilidad del sistema pensional.
Cómo impacta el traslado de $25 billones en el sistema pensional colombiano
El Decreto 0415 impone plazos estrictos para ejecutar el traslado de los recursos. Las administradoras deberán girar el 50% del dinero en un plazo de 20 días y el restante en apenas 10 días adicionales. En el caso de quienes ya tienen derecho a pensión, el traslado deberá completarse en un máximo de 15 días desde la entrada en vigencia de la norma.
Uno de los puntos más sensibles radica en la composición de estos recursos: cerca del 70% está invertido en títulos de deuda pública (TES). Aunque parte de estos activos podrán trasladarse sin liquidación, el 30% restante deberá convertirse en efectivo, lo que podría generar efectos en el mercado financiero. Desde centros de análisis como Anif advierten que esta medida podría desvirtuar el propósito del ahorro pensional, al convertirlo en una fuente de gasto corriente.
Dudas jurídicas sobre el decreto que ordena trasladar fondos a Colpensiones
Expertos en derecho pensional han señalado que el decreto presenta inconsistencias frente a la legislación vigente, especialmente en el contexto de la reforma pensional contemplada en la Ley 2381 de 2024, actualmente bajo revisión de la Corte Constitucional. Según este análisis, los recursos en cuestión tendrían una destinación específica hacia el fondo de ahorro del Banco de la República y no directamente a Colpensiones.
Además, se plantea que la norma podría estar reglamentando aspectos de una reforma que aún no ha sido plenamente avalada, lo que abriría la puerta a su nulidad. Ante este escenario, los fondos privados evalúan solicitar medidas cautelares para suspender su aplicación, mientras organismos como la Procuraduría y la Contraloría analizan el alcance legal de la disposición.


