Tribunales en relaciones de consumo: desafío autonómico y oportunidad

Desde que se hiciera pública la suscripción por parte del Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de los Convenios Interjurisdiccionales de Transferencia de la Justicia Nacional, muchas fueron las repercusiones que se suscitaron al respecto.


La firma de los convenios expresa la decisión de hacer efectiva la proclamada transferencia de competencias como una clara política de ambos estados -el Nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires-.

El reconocimiento de las competencias judiciales, provoca en la ciudadanía un claro sentimiento de justicia, federalismo e igualdad, cerrando un período de desentendimientos y dándonos la oportunidad de formar parte de un proceso histórico: el de hacer efectiva la justicia de la Ciudad.

Nadie puede negar que el camino hacia la autonomía, que se consagró hace más de 20 años con el reconocimiento expreso en la Constitución Nacional y que se organizó y puso en pleno funcionamiento, de acuerdo a su propia Constitución en 1996, es irreversible.

Uno de los convenios recientemente firmados, implica el reconocimiento por parte del Estado Nacional hacia la Ciudad, de la competencia ordinaria en los conflictos vinculados a las relaciones de consumo. Esta competencia judicial, asume toda contienda judicial que se suscite entre un proveedor y un consumidor, entendiendo a este último como la persona, humana o jurídica, que adquiere o utiliza, en forma gratuita u onerosa, bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.

El actual sistema jurídico y económico demuestra que todos somos consumidores, y ello nos obliga a extremar la rapidez con la que debemos afrontar la oportunidad de diseñar e implementar los primeros Tribunales locales y ordinarios de Consumo.

Asimismo, nos obliga como ciudadanos a hacer cumplir los lineamientos mínimos establecidos en el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, en el que se privilegian los procesos abreviados facilitando la representación de los derechos e intereses de los consumidores; fija el deber de colaboración del proveedor en la presentación de pruebas y recuerda la gratuidad del servicio de justicia para los derechos individuales.

Hoy, en virtud del reconocimiento de los derechos y garantías de los usuarios y consumidores, junto al paradigma de ampliar y mejorar las herramientas de acceso a la justicia, a través de procesos eficientes que permitan a los ciudadanos conocer, acceder y obtener una respuesta jurisdiccional menos costosa, rápida y eficaz, tenemos la enorme oportunidad social, económica y política de elegir la Justicia de Consumo que queremos y nos merecemos.

Celebremos y aprovechemos esta posibilidad para consagrar tres grandes ejes: la completa autonomía de la Ciudad, la defensa y protección de los consumidores y usuarios y el pleno acceso a la justicia.

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